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La marca es sagrada

Dos empresas litigan por el uso del nombre de la Virgen María en su denominación comercial

Dos medios de comunicación distintos que ofrecen información cristiana enfrentados en los juzgados por el uso de la Virgen María en el nombre de su marca comercial. Éste es el litigio que ha enfrentado en el Tribunal de Marcas de Alicante a la emisora Radio María con María Visión, que ofrecía un espacio religioso a través de Internet. La Audiencia de Alicante ha dado la razón a Radio María en el pleito que les enfrentaba con su competidora y ha anulado la marca María Visión Inri obligando a retirarla del mercado y a indemnizar a sus competidores con 25.908 euros, así como una multa coercitiva de 600 euros por cada día en que subsista la infracción.

A juicio de la Audiencia, «existe un riesgo de confusión» en el público potencial de este tipo de espacios. La sentencia argumenta que Radio María ha adquirido una marca distintiva a través de sus espacios radiofónicos y que el público interesado en este tipo de servicios o de contenidos espirituales «puede creer erróneamente» que María Visión puede tener el mismo origen empresarial o que existe una vinculación entre las dos mercantiles. «Es factible que el público interesado en recibir una formación cristiana pueda considerar que la misma empresa que ofrece un programa radiofónico es la que hace lo propio con un programa de televisión, aún por internet, llamado fonéticamente María Visión», argumentan los magistrados de la Sección Octava de la Audiencia. Éstos eran precisamente los argumentos de Radio María para pedir la nulidad de la demanda. Aunque el fallo dedica varios folios a analizar los logos de ambas marcas, considera que la confusión es sobre todo en el nombre de ambas.

Los programas se ofrecían a través del dominio www.mariavision.es. La sentencia de la Audiencia, que confirma otra resolución dictada por el juzgado de lo Mercantil dos de Alicante, les obliga a cesar en el uso de los dominios que tenía registrados y cancela este registro. Asimismo, la mercantil Producciones Apóstol Santiago «deberá cesar de forma inmediata en cualquier uso de la marca citada para distinguir servicios de emisiones radiofónicas, telecomunicaciones y educación en especial de la religión católica».

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