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Seis años de cárcel por la venta de un subfusil que según la Policía era para matar a un juez

El fallo condena a dos miembros de una banda investigada en Benidorm por vínculos yihadistas y absuelve a otros tres tras anular las escuchas

Cuatro de los acusados en el juicio. Los dos condenados están sentados a la derecha VÍCTOR MIRALLES

La Audiencia de Alicante ha impuesto sendas penas de tres años de cárcel a dos acusados de participar en la venta de un subfusil en Benidorm, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La investigación policial sostenía que el arma, intervenida en Madrid a finales de marzo de 2006, se iba a usar para matar a un magistrado de la Audiencia Nacional, aunque la sentencia no recoge nada sobre este extremo y se centra en el delito de depósito de armas de guerra. La sentencia anula tanto las escuchas telefónicas en las que se basó la investigación, como la declaración del confidente que informó a la Policía de los movimientos de esta banda, por lo que absuelve a otros tres acusados que se sentaron con ellos en el banquillo. Al haber invalidado los pinchazos, el fallo tampoco dice nada sobre otra acusación de haber negociado una venta de explosivos en un chalé de l'Alfàs del Pi.

Los condenados son el dueño de un bar de Benidorm que intervino en las negociaciones para adquirir el arma y el acusado que fue detenido en Madrid transportando el subfusil en el coche. Ambos admitieron haber intervenido en la operación en el momento de su arresto, una confesión en la que se han basado los jueces para condenarles ahora. En el juicio, se negaron a declarar.

Las escuchas se autorizaron en su día por la Audiencia Nacional basándose en la investigación realizada a la célula española vinculada con los atentados del 11-S. Uno de los acusados en aquel proceso es hermano de uno de los imputados en éste y quedó absuelto en el juicio. La causa se envió a los juzgados de Alicante para celebrar el juicio al entender que la banda no tenía fines terroristas y era una red de tráfico de armas. Los jueces de la Audiencia de Alicante entienden que el auto que autorizó las escuchas es nulo porque se limitó a remitirse a un informe policial basado en «sospechas» que se asientan en un procedimiento anterior judicial anterior, en el que uno de los sospechosos salió absuelto».

Tampoco la Audiencia considera válido lo que contó a la Policía un testigo protegido, que estaba infiltrado en la banda. Los jueces señalan que para dar validez a esa declaración el testigo protegido debería haber sido citado a este juicio y considera «inexplicable» que la acusación no lo haya hecho.

Los acusados absueltos son la mujer del acusado detenido transportando el arma, una persona que le acompañaba en el coche y un médico de origen sirio que supuestamente era el destinatario. La sala no considera probado su relación con estos hechos.

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