Un matrimonio de Elche ha sido absuelto de una agresión mutua después de que ambos cónyuges se acogieran a su derecho a no declarar en el juicio y el tribunal haya determinado que los testimonios de los policías nacionales a los que contaron lo sucedido no son prueba suficiente.

Los hechos ocurrieron la noche del 25 de mayo de 2013, cuando la pareja se personó en el servicio de Urgencias del Hospital General de Elche junto con sus dos hijas menores, quienes estaban muy alteradas y sufrían ataques de ansiedad, según se relata en la sentencia de la Audiencia de Alicante.

El marido presentaba escoriaciones en la mano y la muñeca derechas, así como en la mandíbula, mientras que su mujer presentaba un fuerte golpe en la boca que le hizo perder dos dientes. Tras ofrecerles las asistencias sanitarias, los médicos avisaron a la Policía ya que sospechaban que pudieran estar ante un caso de violencia de género y otro de violencia doméstica.

Durante el juicio por estos hechos celebrado el pasado mes en la Audiencia de Alicante, la Fiscalía solicitó una pena de cuatro años y ocho meses de cárcel para el hombre por un delito de lesiones con la agravante de parentesco, mientras que para ella reclamó nueve meses de prisión por un delito de malos tratos. Sin embargo, el tribunal ha decidido absolver a los dos acusados al entender que no ha quedado «acreditado indubitadamente dónde, cuándo, cómo y con qué ocasión se produjeron las lesiones que padecían ambos cónyuges, ni tampoco si fueron debidas a la intervención de tercero».