El juzgado de Primera Instancia número 2 de Benidorm ha estimado la demanda de nulidad planteada por dos ciudadanos noruegos, residentes en España, contra la sucursal luxemburguesa de la entidad danesa Danske Bank International SA que concedió un préstamo multidivisa.

Los hechos se remontan al año 2006 cuando Danske Bank International SA, con oficinas abiertas en Fuengirola, ofertó un producto denominado "Equity Release" consistente en un préstamo hipotecario, sobre una vivienda ya en propiedad, y la inversión del capital en diversos productos de inversión en el extranjero.

El importe del préstamo ascendió a 606.00 euros de los cuales el banco se quedó para invertir casi el total, excepto 35.000 euros que entregaron a los adquirentes del producto.

Según la sentencia queda probado que Danske Bank ofertó este producto como un mecanismo para la planificación de la herencia ya que, según el banco, "una hipoteca trabada sobre una vivienda española reduciría en valor de la misma a los efectos del Impuesto de Sucesiones".

Los empleados del banco informaron a los demandantes que "si morían con una vivienda en España, sin una hipoteca, los herederos tendrían que pagar tantos impuestos que no podría hacer frente a los mismos, y tendrían que vender su vivienda", añade la sentencia.

También recoge que los propietarios "nunca han tenido el control de los fondos que el banco ha tenido constantemente pignorados, no recibiendo en ningún momento una información adecuada sobre las inversiones realizadas".

Por otra parte señala que "no consta acreditado que el banco hubiera advertido con exactitud de los riesgos que asumían", ni de que "ninguna de las inversiones realizadas produjese beneficio neto alguno".

El fallo de la sentencia declara la nulidad del préstamo hipotecario multidivisa y obliga a la entidad Danske Bank a asumir las pérdidas de las inversiones.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.