La Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto desde el punto de vista penal a la propietaria de un perro Yorkshire Terrier que estaba suelto y que mordió la pierna de un niño de 7 años cuando jugaba en un parque de la ciudad, debido a que esa raza no es de carácter "feroz o dañino".

Según la sentencia de la Sección Segunda, el juzgado de Instrucción número 9 eximió a la dueña del perro de responsabilidad penal pero la madre del menor recurrió en apelación.

Los hechos ocurrieron a las 20 horas del 12 de julio de 2013, cuando la madre y su hijo jugaban en el parque Pedro Goitia de Alicante y la denunciada se hallaba sentada en un banco después de haber dejado sueltos a sus dos perros, uno de ellos el Yorkshire Terrier, que mordió en la pierna izquierda al pequeño.

Éste resultó lesionado con una herida punzante que requirió una primera asistencia médica y tardó en curar 6 días, sin que posteriormente dejara defecto o deformidad.

La Audiencia confirma la sentencia en primera instancia al concluir que el perro autor de la mordedura "no tiene el carácter de feroz o dañino a efectos penales, al no estar incluido dentro de las razas peligrosas".

Pese a que no aprecia relevancia penal, el fallo, que no permite recurso ordinario, deja la puerta abierta a posibles acciones civiles.