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La Audiencia rechaza una denuncia del asesino de Svetlana para intentar anular su condena

El escrito se presentó en un juzgado de Alicante para impugnar las pruebas recogidas

La Audiencia rechaza una denuncia del asesino de Svetlana para intentar anular su condena

Caso cerrado. La Audiencia de Alicante ha rechazado una denuncia presentada por el asesino de Svetlana Orlova tratando de impugnar las pruebas del crimen por el que fue condenado a 21 años de prisión, según los autos a los que ha tenido acceso este diario. Ricardo Navarro está en la cárcel desde el 19 de noviembre de 2007, a raíz de su detención por haber degollado en un portal de Alicante a su expareja pocos días después de que ésta rechazara retomar la relación con él en el programa de televisión de Antena 3 «El diario de Patricia». El hecho generó una gran polémica ya que el encuentro en el plató se produjo pese a que Ricardo tenía una orden de alejamiento que le impedía acercarse a Svetlana.

La Audiencia le condenó a 21 años de prisión en marzo de 2009; el Tribunal Supremo confirmó la sentencia en mayo de 2010. Según las fuentes consultadas por este diario, hasta dentro de doce años no podría optar al tercer grado, pero para ello sería necesario que expresara arrepentimiento por los hechos y que pagara los 330.000 euros de indemnización a los familiares de la víctima. Ninguno de los dos requisitos se dan, ya que Ricardo Navarro sigue manteniendo desde la prisión de Villena que es inocente del asesinato.

Con un abogado diferente al que le representó en el juicio, el condenado ha presentado ahora una denuncia en un juzgado de Alicante impugnando algunas de las pruebas aportadas por la Policía en el proceso. El juez archivó la denuncia argumentando que las supuestas irregularidades que se narraban deberían haber sido impugnadas durante el proceso penal. Una resolución que ha confirmado la Audiencia Provincial argumentando que «aceptar la petición supondría abrir una especie de revisión de pruebas de un proceso ya concluido con sentencia firme». Por este motivo, tanto el juez como posteriormente la Audiencia no entran a valorar, ni mencionan las supuestas irregularidades que se plantean para anular las pruebas y se desestima de plano la denuncia.

Durante el juicio, la defensa impugnó los restos de sangre de la víctima que se hallaron en la puerta de la terraza de la casa de los padres del acusado, a donde éste se dirigió tras cometer el asesinato. Según se expuso en el juicio, se habrían podido producir irregularidades en la cadena de custodia porque las muestras de sangre se recogieron sin la presencia de un juez. Unos argumentos que la Audiencia desestimó en la sentencia al recalcar que «los funcionarios que intervinieron en la recogida, empaquetado, guarda y remisión de las muestras fueron tajantes al afirmar que actuaron en todo momento conforme a los protocolos policiales que establecen la sistemática para el cuidado y conservación sin alteraciones de los vestigios susceptibles de análisis», extremo que ratificaron los técnicos del laboratorio. También se recordaban resoluciones del Tribunal Supremo en las que se decía que la Policía puede recoger restos genéticos o muestras biológicas abandonadas por el sospechoso sin necesidad de autorización judicial. El tribunal a continuación añadía que en este caso no se había observado irregularidad alguna y que al margen de la sangre había otras pruebas que incriminaban al acusado en el asesinato de la mujer.

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