La medida de alejamiento impuesta en 2006 por el Juzgado de lo Penal número dos de Jaén a un hombre al que la Audiencia Provincial ha absuelto de un delito de quebrantamiento de condena cometido, precisamente, al incumplir esa prohibición de aproximación a su mujer, «sigue en vigor», y así estará hasta noviembre de este año 2014. El fiscal jefe de Jaén, Carlos Rueda, dejó claro que la referida sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia «ni permite, ni autoriza ni obliga» al hombre absuelto a convivir con su mujer y que la condena no queda nula, tal y como insistió también, por su parte, el Tribunal Superior de Justicia andaluz. El fiscal indicó que tiene juicios pendientes y «sigue obligado a permanecer alejado de su mujer».

Por su parte, el consejero andaluz de Justicia e Interior, Emilio de Llera, apuntó que una resolución judicial que «deja sin efecto» una medida de alejamiento de la víctima respecto al agresor podría «violar el Código Penal». Reconoció que no ha leído la referida sentencia, por lo que «no puede aportar una opinión técnico jurídica», si bien, recordando su condición de fiscal de carrera, subrayó que «la ley penal pretende apartar al agresor de la víctima».