El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad ha condenado a la Generalitat Valenciana a pagar con carácter retroactivo las ayudas de la Ley de Dependencia a una mujer vecina de Alicante que se retrasaron durante cerca de tres años y que acabó falleciendo a los 89 años sin haber llegado a percibirlas, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El fallo obliga a la Conselleria de Bienestar Social a pagar a los cuatro hijos de la fallecida la prestación de 375, 28 euros al mes desde el momento en que presentaron la solicitud, lo que supone más de 12.000 euros, más los intereses legales. Sentencia a sentencia, los tribunales están obligando a la administración autonómica a pagar lo que adeudaba por la aplicación de la Ley de Dependencia para aquellos que han tenido la paciencia de continuar con el procedimiento hasta el final.

La sentencia es tajante al asegurar que del examen de los informes médicos la persona que solicitaba la ayuda «era beneficiaria de los servicios contemplados en la citada normativa con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud», motivo por el que desestima las pretensiones de la Generalitat Valenciana que ahora deberá pagar el dinero que tenía que haber abonado en su día a los familiares de la fallecida, que tenía reconocido un Grado 3 de dependencia (gran dependencia), según recoge el fallo de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ valenciano.

La familia de la fallecida, que ha estado representada en el procedimiento por la abogada Maria Luisa Mena, tiene muy claro que la actitud de la Generalitat en todo el expediente es tratar de demorar al máximo el pago de un dinero que sabe que por ley debe pagar, «decisiones que adoptan personas que puntualmente cobran su sueldo mes a mes y que rozan la prevaricación», aseguró a este diario uno de los hijos de la fallecida. A las esperas para poder percibir la ayuda, se suma la duración del proceso judicial. La familia hace números y el dinero que ha costado este pleito es la mitad del dinero que ahora va a tener que pagar la Generalitat Valenciana. En este sentido recordaron que se han generado expectativas en muchas familias que incluso han llegado a perder su casa porque contaban con unos ingresos que nunca han llegado.

La prestación se solicitó en septiembre de 2007 y el Consell no reconoció la prestación hasta junio de 2010, justo el mismo mes en el que la persona dependiente falleció. Entre ambas resoluciones, la familia tuvo que padecer los retrasos de la administración que iba dando largas a la contestación, mientras fijaba fechas de reconocimientos para baremación. El dinero de la ayuda se aprobaba en concepto de cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. La familia reclamaba el pago del dinero con carácter retroactivo desde el momento en que se solicitó la ayuda. Por su parte, desde Bienestar Social se argumentaba que no estaba acreditado que la persona beneficiaria estuviera recibiendo ninguno de los servicios previstos en el catálogo del Consell en el momento de la solicitud.