La sección décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha rebajado por dilaciones indebidas la condena impuesta a dos hombres, porteros de una discoteca de la localidad alicantina de Elda, que provocaron la pérdida del sentido del olfato a un cliente, de 16 años, al que habían prohibido la entrada al establecimiento, según consta en una sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

En concreto, los dos procesados fueron condenados a un año y nueve meses de prisión por un delito de lesiones, con la atenuante de dilaciones, ya que se tardó más de dos años en poder señalar la vista. Ahora, la Audiencia, les ha rebajado la pena hasta los seis meses de cárcel por nuevas dilaciones, ya que la causa ha vuelto a estar paralizada durante otros dos años.

Los hechos se remontan al 2 de octubre de 2004, y tuvieron lugar en las inmediaciones de un pub de Elda, en la calle Pi i Margall, cuando uno de los porteros de la discoteca prohibió la entrada al local a uno de los clientes.

Tras este hecho, este portero, junto a otro compañero y varias personas desconocidas, acudieron en busca de este cliente, a quien encontraron unos metros más adelante. Seguidamente, el primer portero le dio una patada en el pecho que le hizo caer al suelo y perder el conocimiento. A continuación, el resto le propinó diversos puñetazos y patadas.

Como consecuencia de la agresión, la víctima, de 16 años, sufrió politraumatismos y hematomas, y le ha quedado como secuela anosmia --pérdida del sentido del olfato--. El primer portero fue detenido el 8 de febrero de 2005, y desde ese día hasta el 27 de enero de 2006 la causa estuvo paralizada. Asimismo, se tuvo que esperar más de dos años en poder señalar el juicio.

Por estos retrasos, ya el juez tuvo que bajar la pena a los dos porteros hasta el año y los nueves meses de prisión, al estimar que eran culpables de un delito de lesiones con la atenuante analógica de dilaciones indebidas.

Contra esta resolución, los condenados presentaron un recurso, que también se ha tardado otros dos años en resolver. Estas nuevas dilaciones indebidas han obligado a la Audiencia a volver a rebajar la pena impuesta hasta los seis meses de prisión, según consta en la resolución judicial.