En casa del herrero, cuchillo de palo. Un juzgado de lo Social de Alicante ha condenado a la Unión Sindical Obrera (USO) por vulnerar los derechos de sus trabajadores, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. Retrasos e impagos en las nóminas, obligación a dar parte del salario al sindicato para conservar el puesto de trabajo y despidos improcedentes, son algunos de los argumentos que ha dado la magistrada para fundamentar la condena. El fallo no es firme y contra él cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad. Las fuentes consultadas por este diario señalaron que el sindicato ha anunciado ante la sala que apelará la sentencia.

El pleito fue promovido por cuatro extrabajadores del sindicato, que han estado representado por el abogado Oscar Ibars, por hechos que se remontan a 2011, año en el que empiezan a producir los impagos. El fallo declara improcedentes algunos de los despidos, así como declara extinguidas las relaciones laborales de los empleados que estaban sin cobrar, indemnizaciones que deberán pagar conjunta y solidariamente tanto el sindicato USO como la Fundación Comunidad Valenciana Treball y Formació (TREFOR), ya que considera acreditado que ambas son la misma empresa. La propia juez muestra su sorpresa por el hecho de que en los salarios de tramitación pagados a los trabajadores despedidos se les haya aplicado la interpretación más desfavorable de la Reforma Laboral.

"Se han acreditado una serie de prácticas anómalas y comportamientos graves que van en contra de la buena fe contractual", dice la sentencia, a lo que añade que la gravedad de los hechos es "indiscutible" tratándose de una organización sindical.

El fallo considera probado que en reuniones celebradas el 18 de julio y el 5 de septiembre de 2011 los representantes del sindicato realizaron un anuncio formal y público a la plantilla "manifestando que no iban a abonar los salarios porque no quieren una fundación tan grande", así como que iban externalizar los trabajos que venían desempeñando los demandantes contratando a otra empresa.

En esta línea, la juez destaca que el 7 de septiembre de 2011, un coordinador de la Fundación TREFOR anunció a la plantilla que a partir de ese momento "quien quisiese continuar trabajando tendría que ayudar a financiar la organización y efectuar una "donación" de alrededor (...) del 20% de su salario". La sentencia subraya que "a todas luces, no estamos ante una verdadera "donación voluntaria".

Asimismo, la magistrada recuerda que el sindicato ha ido suprimiendo sus funciones a los demandantes, "habiéndoles prohibido el acceso a la documentación, y se han cambiado las cerraduras de los despachos y archivos, se les ha quitado la gestión de los dos programas (informáticos) más importantes", llegando a encomendar las actividades de formación profesional que hacían algunos de ellos a una empresa.

Todos estos incumplimientos son suficiente motivo para la juez para que los trabajadores demandantes tengan derecho a la indemnización señalada para los despidos improcedentes, así como los salarios de tramitación correspondientes desde noviembre del año 2011. Del mismo modo, el sindicato también deberá abonar las nóminas impagadas a algunos de los trabajadores.

El fallo considera acreditado que desde el mes de marzo de 2011 se venían produciendo retrasos en el pago de las nóminas, que se iban espaciando cada vez más en el tiempo, hasta que en el verano de ese año llegaron a adeudarse mensualidades completas. En total, se deben a los trabajadores afectados un total de 16.362 euros en concepto de salarios impagados.

La magistrada no ha dado por buenos los argumentos de falta de liquidez del sindicato, al considerar que tanto USO como TREFOR eran las misma empresa y venían percibiendo subvenciones por sus actividades.