El Gobierno ha indultado a un alicantino condenado por la Audiencia Provincial de Valencia a trece años de prisión por un accidente ocurrido en el año 2003 en el término de Polinyà del Xúquer que se saldó con un fallecido y en el que el acusado circuló hasta cuatro kilómetros en sentido contrario por la AP-7. El indultado, que vivía en Almoradí, es un alto directivo de una empresa automovilística y ahora ha visto cómo la pena se ha conmutado por una multa de 4.200 euros (seis euros diarios durante dos años) tras la medida de gracia del Gobierno, que fue firmado por el ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón el pasado 7 de diciembre. El indulto ha levantado la indignación de las asociaciones de accidentes de víctimas de accidentes de tráfico.

La presidenta nacional de Stop Accidentes, Ana Novella, destacó que esta decisión "quita credibilidad" tanto a los jueces "que ponen penas con el rasero alto para que estos hechos no vuelvan a ocurrir", como a las asociaciones que pelean por la seguridad vial, la Dirección General de Tráfico (DGT) y el propio Gobierno.

Los magistrados de la Audiencia de Valencia impusieron en su día una sentencia ejemplarizante, que fue confirmada después por el Tribunal Supremo, al considerar que los hechos "son de una tremenda gravedad", ya que el acusado puso en peligro la vida "de un elevado número de personas de una forma gratuita". El coche del acusado impactó frontalmente con el de la víctima y su novia, que logró salvar la vida, tras recorrer cuatro kilómetros en dirección contraria en la autopista a gran velocidad y entre los dos carriles, cruzándose con numerosos conductores que le hicieron señales con las luces. El fallecido es un joven de 25 años que sufrió un traumatismo craneoencefálico en la colisión, mientras que su novia sufrió lesiones que le han dejado secuelas.

El acusado era el máximo responsable del servicio postventa de una empresa automovilística y recorría diariamente los concesionarios de la marca para supervisar fallos. En el momento de los hechos, regresaba a su casa en Almoradí. Sin que nadie haya explicado por qué, en la autopista paró en el arcén y realizó un cambio de sentido en el que se puso a circular en dirección contraria. El procesado alegó en el juicio problemas de epilepsia que le hicieron conducir de manera automática, privado totalmente de conciencia y voluntariedad, hechos que los jueces no consideraron probados en la sentencia.

El decreto del Gobierno no explica los motivos por los que se concede la medida de gracia y se remiten a los informes elaborados por el tribunal sentenciador y la Fiscalía a instancias del Ministerio de Justicia.