Ninguna de las tres fincas ubicadas en Fontcalent Fontcalent con las que, según un informe de la concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante, Enrique Ortiz habría ganado más de 23 millones de haberse aprobado el PGOU bajo sospecha, son «ni lo han sido jamás» del empresario o de alguna de sus empresas.

Una afirmación que ha documentado y se la ha hecho saber su abogado al instructor del proceso abierto por los presuntos amaños del plan, Manrique Tejada, quien hace unos días dio traslado a las partes del documento para que se pronunciaran sobre su posible incorporación a la causa, como pretende el representante legal del Consistorio y acusación particular en este proceso.

En un escrito en el que desliza que no descarta exigir «responsabilidades de otro orden que se deriven de la confección y de su incorporación a autos de un documento de estas características» (en alusión tanto al funcionario autor del informe como al responsable municipal de Urbanismo, Miguel Ángel Pavón), el letrado Francisco Ruiz Marco rebate un informe municipal que cifraba en más de 42 millones los hipotéticos beneficios que habría obtenido Ortiz de haberse aprobado el citado plan.

Unas ganancias que se sustentaban sobre terrenos que, como en el caso de Fontcalent, se atribuía la propiedad a Ortiz sin tenerla, asevera el letrado. Tanto es así que en su respuesta al magistrado, Ruiz Marco le indica el tomo y los folios del sumario donde se encuentran las notas registrales de las tres fincas, unos documentos aportados en su día por la UDEF y que atribuyen la propiedad a otra persona desde marzo de 1999, fecha desde la que no ha variado su titularidad, afirma,

Tampoco en lo relativo al Saladar, donde se cifra la plusvalía en algo más de medio millón de euros, el informe es mucho más acertado. De las cuatro fincas a las que alude, tres tampoco son de Ortiz y en el caso de una de ellas, además, el funcionario que elaboró el documento «le confiere una calificación de Parque Natural cuando esa parcela aparece en el plan de 2010 como Zona Verde. Jardines. (...) Una calificación que, a diferencia de lo que sucede con la de Parque Natural, no confiere aprovechamientos o derechos subjetivos en otros sectores «como a buen seguro conoce el funcionario autor material del Informe, el concejal que encargó su confección, señor Pavón, y el letrado que lo representa ante el juzgado», señala Ruiz Marco.

En cuando a la parcela que en esta zona sí es propiedad de Ortiz, «el funcionario tasador, destinando los terrenos al cultivo de la naranja, le atribuye un valor anterior a la revisión del PGOU de 2010 cifrado en 200.300,88 euros cuando en los propios autos judiciales consta que el valor alcanzado por los mismos en el mercado (no en el de las naranjas sino en el inmobiliario) real y efectivamente comprados por una empresa en la que participaba el señor Ortiz, ascendió a la cantidad de 2.877.466,43 euros», señala.

Y pone la atención en que, según la valoración aplicada en el informe municipal, estos terrenos, lejos de incrementar su valor, se depreció.

Por sentencia

No atina mucho más el informe a tenor de lo afirmado y documentado por Ruiz Marco en cuanto a la calificación del suelo propiedad del empresario en las Lomas del Garbinet, del que se afirma que es «no urbanizable común rústico (...) atribuyéndole idoneidad para plantar almendros y dándole un valor de 87.479, 37 euros», cuando se trata de terreno urbanizable desde que así lo acordó el Tribunal Superior de Justicia en una sentencia de marzo de 1993.

Algo que, precisa el jurista, «cualquier profesional que conozca los autos y actúe con un mínimo de lealtad no puede desconocer». Una afirmación que extiende a «cualquier funcionario (arquitecto adscrito a la concejalía de Urbanismo) y al propio titular de la misma» máxime cuando esta misma calificación ya figura en el concierto previo del PGOU del año 2002».

Por lo que, incide, «atribuirle al propietario de estos terrenos un eventual beneficio de 4.046.025,73 euros por haber sido calificados como suelo urbanizable en la revisión del PGOU de 2010 constituye una afirmación abiertamente contraria a los documentos públicos que obran el los archivos del Ayuntamiento y en los autos judiciales».

Quebranto en vez de ganancia

Justo lo contrario asevera la defensa del empresario que ocurre con los terrenos de La Condomina-Torres de la Huerta donde el informe municipal le atribuye unas hipotéticas plusvalías de 14,4 millones partiendo de un valor de un suelo rústico de 6,7 millones. Una tasación que Ruiz Marco califica de «absolutamente superflua cuando consta en autos desde hace muchos años el valor real que esos terrenos alcanzaron en el mercado inmobiliario», que fue de 70.778.712,98.

«Dado que lo que interesa al proceso penal es la averiguación de la verdad material (...) no parece muy útil (por ser benévolos en el calificativo) manejar una mera estimación subjetiva, por lo demás completamente ajena a la realidad del mercado inmobiliario en España y, en concreto, en Alicante», agrega.

Si se diera por bueno el valor que el informe atribuye a estos terrenos tras la revisión del Plan General del año 2010 (21.325.624 euros), matiza el letrado, «el propietario de las fincas, que pagó por ellas 70.778.721 euros habría sufrido un quebranto de 49.453.008 euros. Además de por estas «incongruencias o eventuales falsedades», el representante legal de Ortiz pide al magistrado Tejada que inadmita el citado informe por haberse presentado en una fase del proceso que no lo hace posible.