El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat contra el acuerdo del Consejo de Ministros de repercutir a la Comunitat la responsabilidad exclusiva del pago de la multa de 18,93 millones de euros impuesta a España por el Consejo de la UE en 2015 por manipulación de los datos del déficit.

Según un comunicado del Supremo, la Sala III considera ajustado a derecho el acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, que determinó la responsabilidad exclusiva de la Generalitat por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea y estableció la repercusión a la Comunitat del pago de la multa de 18,93 millones de euros.

España abonó esta multa en la cuenta habilitada por la Comisión Europea en enero de 2016 y el Supremo añade a dicho importe la cantidad de 57.567 euros por intereses compensatorios de los costes financieros que se han devengado desde el pago efectuado por España hasta el acuerdo del Consejo de Ministros de marzo de 2016.

La Sala hace suyas las conclusiones del Informe de la Comisión Europea sobre el asunto, que pusieron de manifiesto el papel clave de la Intervención General de la Generalitat en "las graves irregularidades en la contabilidad, registro y notificación de los gastos de sanidad de la Comunitat Valenciana", según el Supremo.

Además hubo "incumplimiento de la obligación de notificar a Eurostat los datos anuales de déficit y de deuda con observancia de las normas y procedimientos estadísticos europeos, "sin que la actuación de otras entidades e instituciones haya sido relevante en la manipulación de las cuentas de la sanidad valenciana".

Los resultados de la investigación se recogieron en un "minucioso y exhaustivo" informe de la Comisión Europea en el que se hacía una descripción de las circunstancias en las que, en 2012, se hizo una corrección del déficit público en España de 1.900 millones de euros, en relación con el gasto público en la Comunitat Valenciana.

La Generalitat, en su recurso, sostenía que el Gobierno era "directamente responsable porque el problema del gasto sanitario en la Comunitat Valenciana era vox populi en España desde mucho tiempo atrás y se hallaba documentado en informes y en datos públicos, pero pese a ello, las autoridades no pusieron remedio a esta situación".

La Administración del Estado remitió los datos de déficit a Eurostat "sin que pudiera razonablemente desconocer la existencia del problema e ignorar que los datos comunicados en abril de 2012 eran incorrectos", según la Generalitat.

El informe de la Comisión, ahora asumido por el Supremo, llegó a la conclusión, sin embargo, de que la Intervención General de la Generalitat "se mostró gravemente negligente en lo que concierne a la ausencia de registro de gastos en las cuentas nacionales".

La sentencia indica que dicha Intervención General está integrada en la Administración de la Generalitat y ejerce el control de todos los actos de la administración, sus entidades autónomas y empresas públicas que den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico para asegurar que la administración de su hacienda "se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso."