La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido el derecho del diputado del grupo popular en las Cortes José Císcar a recibir información de la Generalitat sobre la subvención de 140.000 euros que iba a otorgar a la empresa Carns de Morella -presidida por el jefe del Consell, Ximo Puig, hasta que dejó de ser alcalde del municipio castellonense-, y que finalmente fue sustituida por una línea genérica de 500.000 euros a convenios con mataderos, según informa Europa Press.

De esta manera, el tribunal estima el recurso interpuesto por el dirigente popular contra la resolución de febrero de 2016 de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, que denegó la información solicitada por Císcar en relación a la subvención a la mercantil que recogía el proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat para el pasado ejercicio. El departamento que dirige Elena Cebrián argumentaba que se modificó la línea de ayudas y que éstas buscaban reconvertir el matadero en ecológico.

En la sentencia del 28 de febrero a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala rechaza la postura de la Abogacía de la Generalitat Valenciana -que decía que el diputado no había agotado la vía parlamentaria en las Cortes y que no existían informes previos sobre el matadero ecológico-: "No la podemos admitir, una cosa son las opciones que tiene un diputado a la hora de ejercer sus funciones y otra el derecho que tiene siempre que se ajuste a los parámetros legales".

Por tanto, el TSJCV entiende que "la Generalitat no puede decirle a un parlamentario cómo puede ejercer" y que, solicitada la información, el Gobierno autonómico "está obligado a entregarla", como pone de relieve una sentencia previa del Tribunal Constitucional, que reconoce el derecho a acceder en condiciones de igualdad a cargos públicos.

Para el tribunal valenciano, la respuesta de la Administración "no tiene sentido con independencia de la normativa que se ha citado". "No es posible que el Consell apruebe un anteproyecto de presupuestos y lo remita a las Cortes con una línea en favor de una empresa privada de 140.000 euros, y que Agricultura diga que no existe ningún programa piloto ni informe ni documentos en la Conselleria". Ante esta situación, el TSJCV se pregunta "¿de dónde sale esa subvención normativa?" y "¿cómo logra entrar en el anteproyecto de presupuestos para 2016?".

Al respecto, la Sala recuerda que la ley estatal de 2003 sobre subvenciones públicas establece que "se deberán concretar en un plan estratégico los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación", así como los plazos, costes y fuentes de financiación". "En definitiva, la documentación solicitada por el diputado se ajustaba a la normativa, siguió el procedimiento legal y no ha obtenido respuesta, por lo que se le ha impedido el ejercicio legítimo de sus funciones".

Además, con esta resolución -contra la que cabe recurso de casación durante 30 días ante la Sala tercera del Tribunal Supremo o el propio TSJCV-, el tribunal también condena a pagar 1.500 euros a la Generalitat en concepto de costas administrativas.

Réplica del Consell

Tras conocer la resolución, el director general de Relaciones con las Cortes, Antonio Torres, ha manifestado en declaraciones a Europa Press que se trata de una sentencia "un tanto sorprendente" porque "vuelve a decir al PP que hay que entregar una auditoría que no existe" relativo a la subvención concreta a Carns de Morella, que finalmente fue genérica. "El PP lo sabe muy bien", ha recalcado, porque cree que pasa "ídem de ídem" con la anterior decisión del TSJCV al respecto. Con todo, ha puntualizado que el Consell la respeta y que la decisión surge porque el tribunal "pone la lupa muy cerquita".