La Audiencia Provincial de Castellón ha acordado mantener el tercer grado penitenciario otorgado al expresidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra, quien cumple una condena de cuatro años de cárcel por varios delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha desestimado el recurso interpuesto por la Fiscalía contra la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Madrid número 3 de otorgar el tercer grado penitenciario a Fabra, quien cumple su condena en el Centro Penitenciario de Aranjuez (Madrid).

En un auto hecho público hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la Audiencia considera "razonable" el régimen de semilibertad otorgado a Fabra.

El tribunal basa su decisión en el hecho de que Fabra no ha vuelto a delinquir desde que cometió, en 2003, los delitos por los que ahora está cumpliendo prisión, y valora, igualmente, su adaptación y buen comportamiento en la cárcel.

El pasado mes de abril, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria madrileño estimó la petición del político, que pasó de segundo a tercer grado lo que le permitía disfrutar de un régimen de semilibertad.

La decisión fue recurrida por la Fiscalía ante la Audiencia Provincial de Castellón, órgano competente por ser el tribunal que le condenó, y que considera la medida otorgada a Fabra como "razonable".

En contra del criterio del Ministerio Público, la Sala entiende que concurren los elementos para que el político condenado progrese de grado.

La Audiencia Provincial basa su decisión en el hecho de que Fabra no ha vuelto a delinquir desde que cometió, en 2003, los delitos por los que ahora está cumpliendo prisión, y valora, igualmente, su adaptación y buen comportamiento en la cárcel.

"Sobre estos aspectos consideramos de importancia el pronóstico de reincidencia, y el hecho de que desde 2003 no hay más conductas con trascendencia penal, a pesar de hallarse en libertad, debe interpretarse objetivamente de modo favorable", explica la Audiencia.

En el auto, añade también que es "clara, asimismo, la adaptación y evolución favorable del penado en el centro, base necesaria de la progresión, debiendo analizarse cada caso individualmente".

Además, el tribunal tiene en cuenta que ya ha abonado más de 729.000 euros en concepto de responsabilidad civil y, a este respecto, precisa que "el principal de la condena por importe de 693.074,33 euros está satisfecho".

La Audiencia indica que el recluso ha pagado parte de los intereses y que, teniendo en cuenta los bienes que le han sido embargados, "existen garantías, en principio suficientes" para cubrir los más de 326.000 euros en intereses que le restan por pagar.