Existe una laguna en la ley electoral que no determina qué órgano resuelve, señalaron ayer fuentes del Senado. La Ley Electoral remite al censo para determinar el número de senadores, pero la valenciana recoge que son las Cortes las que deciden el número de escaños. Además, la Diputación Permanente del Senado no puede derogar de facto lo que dice una ley autonómica, que en ningún caso ha sido atacada jurídicamente, nadie la ha recurrido y por, lo tanto, está en vigor, apuntan desde la Cámara Alta.

El Senado cree que esa facultad le corresponde a la Diputación Permanente de la cámara una vez disueltas las Cortes Generales y que las Cortes Valencianes designan, pero no fijan, el número de senadores.

Desatascar el contencioso

Para tratar de poner luz al conflicto está previsto que se convoque otra reunión de la Diputación Permanente, antes de que el próximo 10 de junio comience la nueva campaña electoral.

La discusión se planteó precisamente ayer en la Diputación Permanente, que se ha reunido para tomar el testigo una vez se han disuelto las Cortes por la convocatoria de elecciones.

Ayer, la Diputación Permanente del Senado tenía previsto reducir a 265 el número de senadores al perder uno Valencia, debido a los cambios en el censo de población, con lo que la Cámara Alta pasaría a contar con 208 elegidos por las circunscripciones y 57 autonómicos designados por los parlamentos regionales. Pero no pudo hacerlo.

El número de senadores electos en las Generales es invariable, pero los autonómicos lo son a razón de uno fijo por cada comunidad autónoma y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio, según establece el artículo 69.5 de la Constitución. De este modo, los parlamentarios por designación autonómica pueden variar y, de hecho, habían ido aumentado por el incremento de población, una tendencia que se ha roto ahora.