Al presidente de la Generalitat se le empieza a acabar el tiempo y al titular del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Alicante, la paciencia. La secretaria judicial de este departamento acaba de firmar una diligencia de ordenación por la que insta al jefe del Consell «para que en el plazo de 15 días proceda al pago de la multa que por importe de 150 euros le fue impuesta bajo apercibimientos legales en caso de no hacerlo».

La orden se da después de que el jefe del Ejecutivo autonómico, Alberto Fabra, haya hecho caso omiso al requerimiento de abonar una sanción impuesta por este magistrado por el mismo motivo: hacer oídos sordos a la obligación de pagar las costas de un proceso en el que la Justicia dio la razón a un afiliado de la Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT frente a la administración.

Harto de que ni tan siquiera se respondiera a estos requerimientos que se dirigían a la Conselleria de Sanidad, contra la que pleiteó y ganó el afiliado a FSP-UGT, el juez dictó un auto el pasado 20 de noviembre en el que fijaba una multa coercitiva por el impago de las costas, explicaba que los 150 euros iniciales de la sanción se irían incrementado si perseveraban en su actitud de ignorar su obligación de pagarla, apuntaba para realizar el abono al máximo responsable político de la Comunidad y le instaba a que lo hiciera con dinero de su bolsillo. En caso de ocurrírsele tirar de las arcas públicas, advertía el juez, «podía deducirse testimonio al Ministerio Fiscal por malversación de fondos».

Lejos de atender lo recogido en aquel auto, los servicios jurídicos de la Generalitat entendieron que el pago de esos 150 euros por parte de Fabra merecían la presentación de un recurso y así lo hicieron sin que eso haya pesado lo más mínimo en el ánimo de juez, que ha rechazado los argumentos de los apelantes y ha insistido en la reclamación de la cantidad impuesta al jefe del Consell como multa. Los quince días de plazo que se dan para hacerlo se cumplen a mediados de mes. Además del importe de la sanción, el juez acordó, en relación a este procedimiento, «la expresa imposición de costas que deberán ser soportadas por la administración».