­Por si no hubo suficiente con las 18 horas que se prolongó su declaración del pasado octubre, la alcaldesa de Alicante, Sonia Castedo, quiere volver a comparecer ante el instructor del proceso que se sigue el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad por los presuntos amaños en la tramitación del planeamiento urbano de la ciudad. Así se lo ha hecho saber al magistrado Juan Climent en un escrito presentado el viernes en el que la regidora solicita además que se concrete su imputación «en hechos y no en conversaciones», que el nuevo interrogatorio se produzca «inmediatamente» dentro de la fase en la que actualmente se encuentra el procedimiento (en decir, antes de que se decrete la apertura de juico) y que, además, «se adopten las medidas oportunas de aceleración del procedimiento» por «los efectos extraprocesales» que la causa está provocando a la regidora y que «afectan a su derecho a la presunción de inocencia».

Tras la infructuosa, hasta el momento, batalla procesal para anular las intervenciones telefónicas, base de este proceso, la defensa de la primera edil (imputada en esta causa junto a su predecesor y actual compañero de escaño en las Cortes autonómicas Luis Díaz Alperi y al empresario Enrique Ortiz, entre otros) se ha decantado por el entrar en el fondo del asunto y, al igual que ya hiciera Alperi, reclama que se concreten los hechos que se le imputan para poder defenderse. Como se recordará, en el inicio de la tercera jornada de su interrogatorio del pasado octubre, Castedo solicitó la nulidad de aquellas declaraciones que había realizado sobre conversaciones telefónicas en las que ella no intervenía, pretensión que no fue estimada por el magistrado dando validez al conjunto de lo declarado entonces.

«Dilaciones indebidas»

Ahora, en un alegato que supera la veintena de folios, el abogado de la alcaldesa, Juan José Martínez Albert, arranca aseverando que en este proceso «ha habido dilaciones indebidas» cuando para las acusaciones populares y para el fiscal «estamos aún ante una instrucción inacabada después de seis años». El letrado considera que «tras cinco años de actuaciones, dos de interceptaciones telefónicas y tres de secreto sumarial» no se han concretado los cargos contra su defendida, dice que mantener la instrucción abierta atenta contra derechos fundamentales y que «la solución legal es el archivo inmediato». Además, y dada la condición de aforada de Castedo, precisa Martínez Albert que «la competencia del tribunal encargado del conocimiento de las causas contra aforados sólo puede adquirirse si en la instrucción previa se ha constatado, con alto grado de verosimilitud, la existencia de hechos delictivos perfectamente individualizados y atribuibles a un aforado», unos requisitos que para el defensor de la alcaldesa no se dan.

Después reiterar en varias ocasiones que los pinchazos que están sirviendo como base de las acusaciones «no son prueba de hechos sino objetos de prueba», el letrado critica que se «insista en forzar la realidad y acomodarla a las palabras» y exige que se concreten qué hechos se le atribuyen a la regidora para que pueda defenderse. «No hemos de probar que no hemos entregado documentos no concretados ni que no hemos proporcionado una información que no se identifica ni que no hemos compelido a nadie para favorecer a un tercero. Debemos y podemos defendernos de hechos concretos negándolos, no probando lo contrario», expone Martínez Albert, quien agrega que «esta parte (en alusión a la alcaldesa) no ha guardado silencio, ha aportado documentación y análisis de las actuaciones urbanísticas (como vuelve a hacer ahora sobre el APA9 y el Hércules y como han hecho también los representantes legales de Ortiz para negar cualquier cambio que pudiera ser considerado ilegal o favorecedor de los intereses del empresario), lo que debe corresponderse ya con la formulación de una imputación concreta. Hay material suficiente para ello y el tiempo durante el cual se ha dilatado la instrucción es excesivo».

Sobre la pretensión de Castedo de volver a declarar, el letrado recuerda a Climent que la ley «permite al imputado declarar en cualquier momento del procedimiento y tantas veces como desee para ejercer su derecho de defensa». Y a continuación solicita, además de «la determinación objeto de imputación, la identificación de los documentos revelados y/o la de la información suministrada en que pudiera consistir el presunto delito de información privilegiada». También reclama conocer «los actos en que se basa la imputación en los que se pudiera apoyar el beneficio derivado de un presunto uso de información privilegiada, (...) que se identifiquen los elementos típicos del delito de tráfico de influencias» y las fechas en las que supuestamente se cometieron los delitos a afectos de estudiar su posible prescripción.

En otro momento del escrito el abogado recuerda que la investigación del patrimonio de Castedo no arrojó ingresos sospechosos, acusa al fiscal de inactivo y de reiterar diligencias ya realizadas y califica de «esperpéntica» la imputación sobre el regalo de un Mini con el que, según los investigadores, Ortiz agasajó a la alcaldesa.

La sala no cree que haya nada que aclarar

­«Sólo procede aclarar las resoluciones judiciales (sentencia o autos) si se hubieran omitido manifiestamente pronunciamientos relativos a pretensiones oportunamente deducidas y sustancias en el proceso. (...) situación que no es en modo alguno la que subyace en la referida resolución». Éste es uno de los argumentos en que se apoya la sala de lo Civil y Penal del TSJ para desestimar la petición de aclaración planteada por el abogado de la alcaldesa. El letrado quería que la sala le explicara el motivo por el que se rechazó un recurso de queja con el telón de fondo de las escuchas. La sala ratifica el criterio del magistrado, vuelve a insistir en que el motivo del rechazo es estrictamente procesal y en que no entra en el fondo del asunto. «El auto resolutorio de la queja es irrecurrible», aseguran los magistrados en una resolución de la que ha sido ponente Pía Calderón.