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José María Asencio

Vuelva usted mañana

José María Asencio Mellado

Alemania y el débil derecho europeo

La única victoria conseguida en Alemania por Puigdemont es estrictamente jurídica, explicable en el marco de una Europa que no se encuentra a sí misma. El secesionismo no ha obtenido reconocimiento alguno. Decir que no hay rebelión no sana la ilegalidad de sus conductas, ni su relevancia penal.

No se entiende la euforia del independentismo cuando la entrega pudiera ser concedida por un delito, el de malversación, al que podrían corresponder hasta doce años de privación de libertad, que no son pocos. Alemania no ha aceptado sus reivindicaciones políticas; no hay presos de esta naturaleza y la decisión judicial alemana así lo manifiesta de forma expresa. Una declaración que contrasta con las declaraciones del prófugo y sus acólitos.

Más allá de que los hechos imputados sean constitutivos de un delito de rebelión ?siempre he manifestado mis dudas al respecto-, es lo cierto que lo pronunciado por el magistrado Llarena es un auto de procesamiento, provisional y que será la sentencia definitiva la que lo determine una vez concluya el juicio oral. Confundir una imputación con una condena es excesivo y valorar los hechos cual si el procesamiento fuera un acto firme, un error.

De ahí que la decisión alemana, basada en afirmaciones y elementos provisionales, denegando la existencia de un delito determinado, se pueda considerar como un exceso en la interpretación de la orden europea de detención y entrega. Que un tribunal foráneo, admitiendo la existencia de violencia, sobre la base exclusiva de un procesamiento y la de meros indicios no contrastados aún, pueda concluir en qué consiste la violencia ejercida y sus fines, es tan arriesgado, como síntoma de un exceso en la aplicación de la legislación europea y siembra dudas sobre la calidad del enjuiciamiento realizado. Que en dos días, un tribunal extranjero pueda juzgar sobre hechos tan complejos, no parece un comportamiento riguroso y serio, máxime cuando desatiende la labor de meses de un Magistrado del Tribunal Supremo español. O son ellos muy buenos, excelentes, o simplemente unos osados o unos soberbios. Seguramente un poco de todo.

La orden europea de detención y entrega solo permite que los tribunales requeridos valoren si en abstracto los tipos penales son homogéneos, sin que a tal efecto les sea posible analizar los hechos y su relevancia penal concreta. Admitida la violencia se debe concluir que los delitos de rebelión (España) y traición (Alemania) se corresponden. Entrar a valorar el grado de violencia exigido y concurrente en cada caso implica juzgar sobre los hechos, lo que es ajeno al ámbito de esta orden europea, que no se corresponde con la extradición y que resume el espíritu de cooperación en el seno de una Europa unida que en el caso catalán está saltando por los aires y que afecta a la consideración hacia España y su Tribunal Supremo. Que los tribunales alemanes infrinjan la orden europea y se excedan en sus competencias, más allá de poner en riesgo ese espacio de seguridad común, implica una suerte de tratamiento peyorativo y sospechoso hacia nuestro país que debe ser considerado en sus justos términos.

Ese trato queda confirmado con las declaraciones de la ministra de exteriores germana, la cual, en una confusión grave sobre lo que significa la división de poderes, reclama al gobierno español que pruebe el delito de malversación, siendo así que es el Poder Judicial el único competente en este procedimiento. Una injerencia intolerable a la cual nuestro Ejecutivo no puede oponer solo su malestar. Una grave intromisión en el modelo democrático, acompañada por una muestra supina de ignorancia jurídica o de mala fe.

Es incompatible esta forma de injerencia en una Europa sin fronteras. No hay fronteras porque existe confianza plena en que los demás Estados aceptarán los requerimientos referidos a quienes transitan libremente por ellos. De no ser así, habrá que plantearse regresar a controles fronterizos que impidan las fugas de los perseguidos penalmente en cada país.

Permitir el libre tránsito y oponerse a devolver a un país al que se considera democrático a los prófugos, supone una contradicción del mismo sistema que tiene como base la plena aceptación de las premisas que justifican la libre circulación de personas, esto es, la democracia como elemento común e indiscutido.

Se debe acudir en mi opinión a las instancias europeas a los efectos de concretar adecuadamente el ámbito de apreciación de los tribunales de los estados requeridos, porque lo que está en juego es el mismo espacio europeo de seguridad, la idea de una Europa unida. La quiebra de la confianza es un golpe certero a esa noción y está en la base de las divisiones en su seno. No se trata de afirmar ahora si existió el delito de rebelión, sino de valorar si los tribunales de otros estados europeos pueden juzgar lo que determina un tribunal español. Porque, si eso es posible, habrá que concluir que el espacio europeo no existe como tal y que es necesario profundizar en el mismo o abandonarlo volviendo a la extradición. Al fin y al cabo, el tribunal alemán está actuando cual si se estuviera en tiempos pretéritos, al igual que parecen estar haciendo Bélgica o Reino Unido.

El asunto catalán está ya afectando a la misma Europa y su entendimiento como Unión. Y Europa debe empezar a tomarlo con la seriedad que merece. El nacionalismo ha provocado graves conflictos en este viejo continente y muchos parecen haberlo olvidado.

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