En algunas ocasiones he escrito en estas páginas, a ojo de buen cubero, sobre las complejidades que atraviesa el mundo del Derecho en medio de un sinfín sociedades plurales que avanzan, contradictoriamente, hacia la globalización de supuestos jurídicos básicos.

Es frecuente encontrar en la literatura jurídica actual brillantes estudios y planteamientos imaginativos que, partiendo de experiencias jurídicas comparadas, extraen de ellas lugares comunes, tópicos jurídicos, con el fin de establecer un marco conceptual que sirva de guía para el mejor funcionamiento de la democracia y el Estado de Derecho en los diferentes estados.

Se habla así de la existencia de principios jurídicos comunes de valor universal, sacados a la luz por obra de las diferentes jurisdicciones (especialmente de las jurisdicciones constitucionales, punta de lanza y fuente de criterios de aplicación, por ejemplo, en materia de derechos humanos), o, más concretamente, de un nuevo Ius Gentium, un derecho común o de gentes que, más allá del clásico Derecho Internacional, estaría en condiciones de suministrarnos estándares jurídicos, los cuales se superpondrían, con pretensiones normativas más o menos difusas, al Derecho escrito de las diferentes constituciones y de las normas legales que les acompañan.

Una de las fuentes de tales estándares jurídicos es seguramente la Comisión de Venecia, una institución creada en 1990 con el fin de asesorar a las entonces recientes democracias surgidas de la implosión del bloque soviético, e integrada por expertos independientes en materia de Derecho Constitucional. Su función principal, como órgano consultivo del Consejo de Europa, consiste en asesorar a las autoridades de los distintos estados sobre el grado de cumplimiento de los estándares democráticos y de respeto de los derechos humanos. Su radio de acción abarca temáticas potencialmente conflictivas, tales como reformas constitucionales, gobiernos de emergencia o situaciones de excepción, conflictos en materia de federalismo o regionalismo, el funcionamiento de parlamentos y órganos judiciales, o la protección de las minorías.

A la citada Comisión de Venecia acudió en junio de 2017 Carles Puigdemont, suponiendo tal vez que acogería de buen grado las pretensiones jurídicas del independentismo, que giran, como se sabe, en torno al (inexistente) «derecho a decidir». La respuesta del organismo no pudo ser más rápida y contundente.

La Comisión, en cuyo background se cuenta con las experiencias de Quebec, Escocia y otros casos de conflictos federales y regionales, recuerda que su cometido, como su denominación oficial indica, es ser una Comisión Europea para la Democracia a Través del Derecho; que en esa medida, el referéndum del 21 de octubre convocado por Puigdemont no cumplía con los estándares de buenas prácticas establecidas para estos supuestos, al no respetar la Constitución (a diferencia de lo sucedido en Escocia) y no contar con mayorías cualificadas para tal propósito. Señala a continuación que Puigdemont «debe ser consciente de que no sólo el referéndum como tal, sino también la cooperación con nuestra Comisión, tendrá que llevarse a cabo de acuerdo con los estándares españoles», y subraya que la Comisión «ha enfatizado consistentemente en todos sus dictámenes la necesidad de que cualquier referéndum se lleve a cabo con pleno cumplimiento de la Constitución y la legislación aplicable».

Dicho dictamen provocó un conflicto interno en Catalunya Sí que es Pot, pues algunos de sus integrantes sospechaban cuál iba a ser la respuesta de la Comisión, en descrédito de las pretensiones independentistas. Puigdemont intentó desviar el varapalo aludiendo a que no solicitó el aval a la Comisión para llevar a cabo su referéndum sino para recabar la atención del organismo en torno al conflicto y pedir su colaboración para una solución dialogada. Pero el daño a las pretensiones independentista estaba hecho.

El talón de Aquiles del independentismo sigue siendo legitimarse jurídicamente. Han pasado años y años haciendo cábalas y trampas al solitario para encontrar un resquicio en el que hacerse fuerte. No lo ha conseguido. Aprovechando la labilidad del derecho contemporáneo, las fantasiosas propuestas de llamados juristas, imbuidos del espíritu independentista, escarban a ver si encuentran bodrios, como el derecho a decidir, obviando que el Derecho es sobre todo respeto a los medios para llevar a cabo los fines, lo que supone el respeto a los derechos de todos y a la soberanía nacional.