La Bibliothèque National de Francia conserva un folleto original de Juan Sempere y Guarinos (Elda, 1754-1830), impreso en el taller de Pierre Nicolas Rougeron, en 1820, titulado «Lettres de M. Sempere à M. l´Editeur de la Gazette de France» que contiene dos misivas del exiliado español al responsable de la publicación parisina. Se trata de una tirada aparte de las páginas 191-194 de las Memorias sobre la historia de las constituciones españolas. Memoria primera sobre la Constitución gótico-española, donde quedaron incorporadas en forma de apéndice. De ellas sólo tenemos constancia de la aparición de la primera, fechada el 14 de abril, en el número del periódico correspondiente al día 19 del mismo mes y año y, dado que la otra probablemente no se publicó, quizás por ello el enojado autor decidió enviarlas a la imprenta para ser incluidas al final de la obra citada y, al mismo tiempo, lanzar un opúsculo de más fácil difusión para justificarse, sobre todo, ante los liberales veinteañistas y salir al paso de la perfidia del director del diario ultrarrealista francés, de quien se sospechaba que podía estar en connivencia con los absolutistas españoles. Sempere decía haber leído los artículos que, sobre política española, había insertado la Gazette los días 27 de enero, 1 de febrero y 13 de abril de 1820, en los que se censuraba abiertamente la Constitución de 1812 que acababa de ser restaurada en nuestro país y en los cuales los periodistas se servían, para reforzar su postura, de la utilización de algunos fragmentos de la Histoire des Cortès d'Espagne, publicada por don Juan Sempere en Burdeos en 1815. No hemos podido ver los ejemplares aludidos de la publicación periódica francesa, pero el abogado eldense en el mencionado libro se mostraba muy crítico tanto con la asamblea nacional reunida en Cádiz, como con el texto constitucional promulgado el 19 de marzo de 1812. Don Juan ponía en cuestión la legitimidad de esas Cortes generales y extraordinarias, resaltaba su nulo entronque con la tradición de las Cortes medievales españolas (como pretendía el historicismo jurídico de Martínez Marina) y, del mismo modo, descalificaba su producto más genuino: la Constitución política de la monarquía española (La Pepa), de la que decía que era una copia casi en su totalidad de la Constitución francesa de 1791. Mantenía el jurisconsulto que el rey, desde su encierro, había dado órdenes, a las chancillerías y a las audiencias de celebrar unas Cortes, en el lugar que considerasen más adecuado, solo para que se ocuparan rápida y exclusivamente de procurar los medios y los fondos necesarios para la defensa del reino. Advertía al gazetier que, cuando dio a la luz esta obra, la situación política en España era muy diferente a la que se vivía a principios de 1820. Se basaba nuestro ilustrado en los hechos que sucedieron en 1814, cuando Fernando VII regresó a España. Seis años de desgraciadas experiencias habían terminado por convencer a los españoles de que solo sería posible la convivencia en el marco de una monarquía moderada por las nuevas leyes fundamentales, recuperadas de la cuna gaditana, en armonía con el pensamiento y la civilización del siglo XIX. He aquí la conversión, el cambio radical de posición y de bando de Sempere: el soberano había aceptado la Constitución doceañista el 6 de marzo de 1820, había convocado Cortes para darle un plus de force y, de nuevo, había sido reconocida y jurada en toda España con un entusiasmo digno de prodigio. También milagrosamente para Sempere cesaban, a partir de ese momento, todos los motivos de crítica y las imperfecciones que había señalado en la ley de leyes; todas las carencias desaparecen, como por ensalmo, ante la «manifestacion générale, et sans exemple, de la nation espagnole, et la sanction du Souverain». Evidentemente, nuestro personaje -viudo, solo, anciano y trasterrado- albergaba unas enormes ansias de volver a Elda y ello le condujo, en un acto personalísimo, a jurar en París la recobrada Constitución de 1812, hecho con el que pretendía hacer tabla rasa del pasado y representaba «la désapprobation la plus formelle de tout ce que je pourrais avoir écrit contre elle et ses auteurs»; no quería ser considerado, en adelante, como un detractor o un enemigo de la Constitución, sino, antes al contrario, como alguien dispuesto a ayudar a su consolidación por todos los medios posibles. Su comportamiento, por otra parte, no fue ajeno al real decreto de 16 de marzo del mismo año que privaba de la nacionalidad española a todos aquellos súbditos que no reconociesen la revigorizada Constitución gaditana.

En parecidos términos se había expresado el antiguo fiscal en el prólogo de las Memorias sobre la historia de las constituciones españolas... Para Sempere la Constitución de Cádiz quedaba legitimada «por la prodigiosa metamorfosis» que había acaecido en los primeros meses de 1820 en España y, particularmente, por haber recibido la «aprobación y suscripción real, cuya falta era el fundamento principal de mi censura». Una vez reparados estos defectos, don Juan se sentía, por sus aceradas críticas anteriores, más obligado que otros a ayudar en cuanto pudiera contribuir al asentamiento y firmeza del texto constitucional. La misiva se publicó, como dijimos al principio, el 19 de abril y el viejo magistrado quedó francamente descontento y contrariado porque, al parecer, sobre el manuscrito original se realizó una labor de edición que omitió, añadió y varió a gusto de la redacción expresiones que, desfiguradas a propósito, alteraron «très-considérablement mes idées, de manière qu´il m´est impossible de ne pas réclamer devant le public, pour lui manifester mes véritables opinions». Ello le impulsó a escribir una segunda epístola al diarista, en la cual enumeraba y trataba de corregir todas las dolosas manipulaciones de las que había sido objeto su texto autógrafo, así como las interpretaciones maliciosas de su conducta pública, y terminaba diciendo:

Monsieur, mon sort sera en Espagne, comme partout, celui qu´il plaire à Dieu de m´accorder; mais puisque vous désirez mon bonheur, vous devriez être plus scrupuleux et plus fidèle dans la trasncription de ma Lettre, et ne pas altérer mes expressions, pour en déduire des conséquences trop opposées à mes sentiments actuels. Pour le reste, si hier je n´aimais pas la Constitucion, et que je l´aime aujourd´hui, j´ai exposé suffisamment dans ma Lettre autographe les justes motifs qui ont produit ma conversion si subite.