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José María Asencio

Memoria histórica y tripartito

Nadie duda de que el gobierno municipal puede cambiar los nombres de las calles si así le place, pero pudiera ser que esos cambios no pudieran fundamentarse en la ley, que esta no avalara decisiones que la misma no contempla en su articulado

El nuevo enfrentamiento en el tripartito, esta vez por desavenencias acerca del cumplimiento de una resolución judicial, pone en evidencia lo que ya es excesivamente visible y conducirá con el tiempo a lo inevitable.

Todo este asunto de los cambios de calles del franquismo tuvo su origen en la precipitación del gobierno municipal que, sabiendo de la existencia de una demanda ante los juzgados de lo Contencioso Administrativo, cambió urgentemente las placas en un acto de autoridad cuanto menos arriesgado. Que la decisión judicial podía ordenar el cese de la actividad y la reposición de lo hecho a su estado anterior de modo cautelar, era algo que cualquiera con un mínimo de sentido común y conocimiento jurídico podía intuir.

Pero pasó. El tripartito, acelerado y ofuscado con su eficacia, alteró la realidad física en dos días. Y el juzgado, inmediatamente, le ordenó volver sobre sus pasos. Lo lógico y normal, así como previsible, frente a la irresponsabilidad de quien, no se sabe bien con qué criterios de legitimidad en un Estado de Derecho con división de poderes, entendía que su poder era absoluto. Un gasto injustificado y evitable aplicando la ley, la vigente, aunque no guste.

Pues bien, ante una orden judicial ejecutiva, en el tripartito empezaron a resistirse al ver su dignidad o soberbia dañadas, aunque bajo la apariencia, cómo no, de injusticia con la memoria histórica, cuyos intérpretes soberanos se creen ellos mismos, siendo así que esa memoria es siempre relativa, como lo es siempre una memoria histórica pública que, en lugar de derivar su construcción hacia los historiadores, se deja en manos de quienes la elaborar, sin haberla vivido, de forma selectiva y subjetiva. Y siempre con un fin que suele ser político, no sentimental o puramente ideológico. Es el problema de una ley con pretensiones distintas a las expuestas, que pone en su objetivo a la transición más que al franquismo, a las leyes de amnistía, que se quieren revisar parcialmente ?nada se aprecia en los miembros de ETA que, por tanto, se consideran luchadores por la libertad?, y a las bases de la reconciliación nacional que constituyeron la esencia de aquella especial etapa histórica.

Dos posturas han surgido frente a una resolución judicial. Una, coherente, del alcalde y Compromís, que han acatado y cumplido lo que tiene la cualidad de ejecutivo; otra, la de Guanyar que, incomprensiblemente, piensa que puede desobedecer una orden judicial sin consecuencia alguna, porque su justicia es la justicia. Y llegan a insultar al alcalde por ordenar ?horror?, que se someta a la ley y a los tribunales. Cobarde, timorato, le han llamado por cumplir la ley y se quedan tan tranquilos ante lo que es, sencillamente, una suerte de inducción al delito de desobediencia judicial, que parece que anhelaban para exponerlo en sus vitrinas como trofeo de su lucha abnegada por las libertades. Lo de Pavón, en su ignorancia, es para analizarlo en profundidad. Deben cumplirse las resoluciones judiciales, dice, pero no ésta, porque solo deben acatarse las ejecutivas. No se quién le habrá dicho al edil que un auto que ordena una medida cautelar no es ejecutable, pero si alguien le ha transmitido tal estupidez, debería pedirle que no volviera a asesorarle. Y la concejal Angulo, que tantos días de gloria nos ha dado, lógicos por sus antecedentes en origen, se rebelaba contra la legalidad vigente, equivocando seguramente el lugar y tiempo en el que se halla.

Y es que todo esto es un exceso, un espectáculo exagerado fomentado por quienes han desviado la realidad para inculpar a otros de sus errores. Ya se analizará el fondo. Si algunos de los cambios los justifica la Ley de Memoria Histórica o exceden de la misma. Nadie duda de que el gobierno municipal puede cambiar los nombres de las calles si así le place, pero pudiera ser que esos cambios no pudieran fundamentarse en la ley, que ésta no avalara decisiones que la misma no contempla en su articulado. Bueno sería reducir las presuntas pretensiones de una ley cuyos objetivos no eran tan inocentes.

Frente a los discursos de algunos, debe recordarse que lo recurrido por el PP no son los cambios de calle en general, sino, por una parte, el procedimiento utilizado, legalmente discutible y que puede dar lugar a la nulidad de todo lo hecho y, por otra parte, un exceso en la interpretación de la ley que entienden sobrepasa su marco concreto y se adentra peligrosamente en una ley de desmemoria, que excede la norma vigente y que contiene objetivos políticos que poco tienen que ver con la historia pública contemplada en su conjunto, sino con una selección que afecta al núcleo mismo de la Transición y su expresión constitucional.

No obstante lo dicho, lo que toca ahora es reponer las cosas a su estado anterior, como ordena una resolución judicial que el tripartito podía y debía presumir en su momento y frente a la que actuó, asumiendo estas consecuencias que ahora no puede imputar a nadie ocultando tras banderas, manifestaciones, llantos y llamadas a la revolución lo que es simple irresponsabilidad.

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