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José María Asencio

Prisión provisional y alarma social

Qué lástima, qué pena, qué injusticia tan notoria que no hayan encarcelado a Urdangarin. Qué vergüenza que el tribunal no haya aceptado las pretensiones de la fiscalía en su integridad, que no haya atendido el clamor social que lo exigía. Cómo, he oído decir a los voceros de la progresía, osa un tribunal no asumir obsecuentemente lo que pide el fiscal; cómo un tribunal no condena cuando el fiscal se lo solicita. No se dan cuenta tan ilustres pensadores que de seguir ese razonamiento sobrarían los tribunales, bastando solo un sujeto, uno y el mismo, que acusara y condenara. Exactamente lo que sucedía en tiempos de la Inquisición y que la Revolución francesa -liberalmente repugnante, alegarán- modificó. Me dirán que siempre estoy con estas comparaciones odiosas, pero es que no hay semana en la que los representantes del progreso no exijan un cambio que nos retrotraiga a la Edad Media y sus hogueras reparadoras. Su falta de conocimientos les lleva a exponer y exponerse en sus más íntimos instintos, que coinciden peligrosamente con instituciones tan queridas por Torquemada o Falange y de las JONS. Yo estaría encantado de callarme, pero me es imposible resistirme cuando me ponen las cosas tan fáciles. Me canso, es verdad, sobre todo porque la represión siempre se extiende como la pólvora y hay unanimidad y entusiasmo en apuntarse a ella.

Se escriben artículos y se quejan amargamente muchos de que los jueces apliquen el derecho. Incomprensible para algunos esta vil conducta.

De seguro que, no obstante, ninguno de estos oradores ha leído las resoluciones del tribunal de Palma y, si lo ha hecho, poco ha entendido. La última, la que no ingresa en prisión a Urdangarin, es mera aplicación de la ley y de la jurisprudencia, española y europea, expresión de nuestro sistema democrático que garantiza a quien recurre una sentencia condenatoria la libertad salvo que concurran razones que pongan en riesgo la ejecución de la condena en caso de confirmarse. Sencillamente porque si la sentencia no es firme, el condenado sigue amparado por la presunción de inocencia. Sí, ese derecho liberal burgués para algunos que no acaban de asumir cuando a otros ampara.

El tribunal, aplicando el derecho vigente, no ha apreciado ese riesgo de fuga en el caso analizado, de modo que no se puede ordenar el ingreso en prisión que, en otros casos, sí es procedente cuando se presume la posibilidad de huida. Y esa valoración se hace hoy caso por caso, no automáticamente cual sucedía hasta hace casi cuarenta años.

Decretar la prisión provisional por la presión social, la relevancia pública del sujeto o los sentimientos ciudadanos de vindicación, significaría resucitar el viejo criterio de la «alarma social» en su acepción más típicamente nacionalsocialista, bien acogida por el franquismo y fervorosamente utilizada por el Tribunal de Orden Público. ¿Es eso lo que quieren, rehabilitar dicho criterio? Allá cada cual, pues, con su opinión y con sus reivindicaciones, pero que sepa lo que está pidiendo, que tiene un nombre. Y si no lo sabe, bueno es recordarlo, porque no se puede criticar el franquismo y pedir todos los días que se reinstauren sus instituciones más significativas.

Afortunadamente, lo que piden no puede ser todavía en este país y con esta Constitución que quieren cambiar. Miedo me da una reforma constitucional a la vista de lo que leo y de los deslices del progresismo más franquista. Igual dotan de nuevo de vigor al Fuero de los Españoles.

El auto del tribunal de Palma es intachable desde planteamientos jurídicos, los que hay que aplicar. Periodísticamente es cierto que ha dado carnaza a los más demagogos de los demagogos, a la par que ignorantes, pero plenamente convencidos de la bondad del derecho más reaccionario que superamos en España a partir de 1978.

Ese tribunal ha demostrado que se puede creer en la Justicia, que ésta es capaz de resistir los embates de los juicios paralelos fomentados desde tribunas de aparente opinión, que son más propias del chisme que de la crítica y el debate y a las que comparecen sujetos cuya mesura se echa en falta en demasiadas ocasiones. Ese tribunal ha actuado con independencia, asumiendo, claro está, que se puede equivocar y que el Tribunal Supremo podría revocar su decisión. Pero, el Tribunal Supremo, no la justicia popular.

También se ha hablado esta semana de la jerarquía en el Ministerio Fiscal. Lean, insisto, la Constitución. La Fiscalía se rige por el principio de dependencia jerárquica. Podemos cambiar el modelo, efectivamente y que cada fiscal sea independiente. Pero, para ello, habría que plantearse si los fiscales deberían ser elegidos democráticamente, en lugar de ser funcionarios de un cuerpo único. Las series americanas hay que verlas con cierta prudencia.

El modelo vigente hoy es el que es y aplicarlo no puede ser objeto de censura. Cámbiese si se quiere, pero no montemos un lío porque funciona conforme a sus principios y reglas establecidos. Rasgarse las vestiduras porque se respeta la ley es un disparate propio de la empanada mental que tenemos.

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