La avenida de Denia, como arteria principal de Alicante, soporta un tráfico intenso de entrada y de salida. Hace unos años el Ayuntamiento decidió reducir la velocidad permitida desde 70/80 km/h a 50 km/h. No por concentración de accidentes u otro criterio técnico, pero sus razones tendría. Instaló unos radares, bien señalizados y con carteles llamativos.

Antes el tráfico iba a 80 km/h. Ahora el tráfico va a 80 km/h. Sólo algún tonto, entre ellos el firmante, va a 50 km/h y soporta el menosprecio de los demás conductores que le adelantan por la izquierda y por la derecha. A veces a la vez: coche por la izquierda y moto por la derecha. Con lo cual al que va a la velocidad legal se le podría recriminar que está causando situaciones de peligro?

Esta situación un tanto caótica y, efectivamente, no sin peligro ¿es causada por la locura generalizada de la mayoría de los conductores alicantinos? ¿Toda esa gente, mujeres y hombres, profesionales y funcionarios, ha perdido su respeto a la ley infringiéndola en la mayoría de los casos día sí y día también? Claro que no. El causante es un conflicto de criterio.

¿Qué factor debe determinar la velocidad permitida en un vial determinado? La Unión Europea lleva más de una década promoviendo lo que se llama «la carretera que se explica a sí misma», concepto que se originó en los Países Bajos en 1998. Un concepto fácilmente entendible: el conductor debe entender lo que la carretera admite en cuanto a velocidad, atención y comportamiento prudente.

La velocidad del tráfico es, por ende, la que se acerca a la que «admite» la carretera, dadas las condiciones. Está demostrado que las señales de límite de velocidad tienen muy baja eficacia y, en caso de conflicto entre lo que admite la carretera y lo que dice la señal, el conductor escoge la carretera.

Claro está que se puede opinar sobre lo que ésta admite y, por tanto, lo que sería la velocidad «correcta». Pero existe toda una especialidad técnica en ingeniería de tráfico con baremos objetivos internacionales, con lo cual un ayuntamiento puede informarse sobre lo que sería técnicamente adecuado. Si decide aplicar otro valor, por ejemplo 50 km/h en la Avenida de Denia donde todos van a 80 km/h, debe hacer cumplir este valor a la fuerza porque, si no, incumpliría una obligación primordial que es garantizar que las normas se apliquen.

El conductor que reciba una multa por ir a 80 km/h en la Avenida de Denia podría argumentar que la ley se debe aplicar a todos por igual y, si la mayoría comete la misma falta, pero no es multada, su multa no es legítima y el Ayuntamiento comete un abuso de poder al cobrársela. Intuyendo que dicha argumentación no tendría éxito, el firmante sigue como la tortuga en la fábula de Esopo y confía en que todas estas liebres motorizadas se calmen y se queden dormidas? Chi va piano va sano e lontano.