Sus impuestos serán diferentes en 2016 y la forma en la que hace la declaración de la renta también. La Agencia Tributaria se renueva para mejorar, en teoría, su sistema tributario y hacer más fácil el pago de impuestos y lo hace con la implantación de «Renta Web». El nuevo sistema con el que habrá que presentar la declaración de la renta 2015 sustituirá al borrador de la renta y al Programa Padre, que quedará como una herramienta destinada sólo a determinados perfiles como los contribuyente que tengan actividades económicas.

Este sistema amplía la cantidad de contribuyentes que pueden acceder a una propuesta de declaración online y permite consultarla, corregirla y confirmarla desde cualquier dispositivo móvil, unas facilidades que invitan a realizar el trámite de forma rápida y en un solo click, sin reflexión. Y eso, en nuestra opinión, es totalmente desaconsejable, aunque sí logra el objetivo de la Agencia Tributaria de que el contribuyente tribute cuanto antes, para recaudar más rápido.

La nueva herramienta provoca la misma inseguridad que los antiguos borradores, porque no incluye todos los datos de los contribuyentes ni permite modificar las declaraciones una vez tramitadas. En esos casos habrá que realizar una complementaria o un escrito de rectificación.

Así las cosas, y más allá de los problemas de saturación -y de privacidad- del arranque de la campaña de Hacienda, los profesionales llamamos a revisar los datos fiscales y personales antes de confirmar la predeclaración y debemos recordar que hay tiempo para hacerlo, hasta finales de junio. Ante esta comprobación, debemos recalcar, que en la propuesta de la Agencia Tributaria pueden faltar algunos ingresos percibidos y beneficios fiscales.

Para realizar la declaración este año hay que tener en cuenta una gran cantidad de novedades. Es el primer ejercicio de la renta en el que es de plena aplicación la reforma fiscal. Han bajado los tramos del IRPF (de siete a cinco) y los tipos marginales aplicables (que quedan entre el 19% de mínimo y el 45% de máximo, aunque se realizó transitoria de entre 19,5% y 46%). Asimismo, en el ejercicio 2015 se aplica una nueva tarifa impositiva del ahorro, que supone una reducción de los tipos aplicables (20, 22 y 24%). Otra de las novedades es la desaparición de la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual para los inquilinos con contratos de alquiler firmados a partir de 2015. Esta medida, eso sí, no afecta a las deducciones autonómicas ni a los contratos anteriores. Respecto a la adquisición de vivienda habitual, si la compra fue anterior a 2013 sí se puede seguir desgravado hasta un máximo de 9.040 euros.

También se incorpora la nueva deducción para familias numerosas y para familias con discapacitados o monoparentales, de 1.200 euros al año, y se eleva a 2.400 en el caso de familias numerosas de categoría especial. Se podía recibir de manera anticipada en 2015 o si no se ha solicitado se puede realizar ahora en esta declaración.

Hay que tener en cuenta, que el mínimo exento personal del contribuyente, tanto si presenta declaración conjunta como individual, asciende a 5.550 euros. En concepto de mínimo por descendiente, si el matrimonio presenta declaración conjunta, podrá aplicar 2.400 euros por el primer hijo y 2.700 euros, por el segundo, incrementado éste en 2.800 por ser menor de 3 años. En declaración individual, las cuantías se aplicarán prorrateadas entre ambos cónyuges.

Los contribuyentes están obligados a presentar la declaración de la Renta cuando sus rendimientos íntegros del trabajo superen los 22.000 euros anuales, siempre que procedan de un solo pagador. Si percibiera rentas de más de un pagador, el límite seguirá siendo de 22.000 euros, si el importe de las rentas percibidas por el segundo y restantes pagadores no superan los 1.500 euros anuales. En caso contrario, el límite a partir del cual sería obligatorio presentar la declaración de Renta se reduce a 12.000 euros anuales.

Además debemos recordar a nuestros lectores, que el arranque de la campaña de renta es un cebo perfecto para que muchos «ciberdelincuentes» aprovechen la ocasión para intentar que los usuarios piquen e instalen una de sus aplicaciones que les conceden permisos para cifrar y secuestrar archivos.

No podemos bajar la guardia y ante la menor sospecha mejor no abrir el correo y sobre todo no ejecutar ninguna aplicación que nos llegue por esta vía. No importa que sea por correo, por WhatsApp o por las redes sociales, el objetivo es el mismo, lograr engañar al usuario para que ejecute la aplicación en su ordenador. Ante estos ataques de ingeniería social no bastan los sistemas de seguridad tradicionales como antivirus o cortafuegos. La formación de los usuarios y la información sobre estas cuestiones es clave para que llegado el momento puedan tomar la decisión adecuada sin que suponga un riesgo para su trabajo.