Existe una cierta tendencia en la actualidad a prescindir de los mejores en sus puestos de trabajo, y una buena prueba de ello la tenemos en la aplicación de las medidas de ejecución forzosa de la jubilación a tempranas edades, como está ocurriendo con el colectivo médico, que a los 65 años quieren pasar a la jubilación a profesionales de alta cualificación que a esa edad todavía tienen mucho que aportar a la medicina. Desde luego, en esa profesión y en otras muchas, como la del ejercicio de la función judicial, la enseñanza y otras que requieren de experiencia adquirida a lo largo de los años y conocimiento para aplicarlo a los problemas actuales, hacen de profesionales que ya rondan esa edad que sean imprescindibles en sus puestos de trabajo y muy difícilmente sustituibles.

Existe una tendencia a decir que nadie es insustituible. Bueno, pues en muchos casos habrá que concluir que esa máxima es rotundamente falsa. Y tan falsa como que hay personas que por su experiencia, capacidad reconocida y buen hacer profesional no pueden desperdiciarse por un dato objetivo como es el de cumplir una determinada edad, como es la de 65 años. Ocurre lo mismo con el sector de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado donde, por ejemplo, en la provincia de Alicante hemos perdido por llegar a esa edad a profesionales de altísima cualificación como Carlos Cantó, Ricardo Herrero, Juárez o José Luis Villalobos, que me vienen ahora a la cabeza y otros muchos. Pero en el de la medicina ocurre otro tanto de lo mismo, y se están desperdiciando, o se van a desperdiciar, si no se para ya esta medida de jubilar de forma forzosa a los 65 años a profesionales de reconocido prestigio, a personas que tienen todavía mucho que ofrecer al servicio público de la medicina, que es uno de los que mejor funcionan del país, pero gracias a los magníficos profesionales que ejercen hoy en día y con los pocos recursos de medios con los que se cuenta en el sector público.

Se puede decir que la jubilación forzosa permite que se muevan los puestos de trabajo y accedan a ellos otras personas, pero en determinadas actividades y, sobre todo, puestos de trabajo donde se requiere experiencia profesional y alta cualificación por el grado de responsabilidad adquirida por las decisiones que se adoptan, no se puede prescindir en nuestro país de personas que con 65 años todavía están en disposición física y mental de ofrecer un gran servicio a la comunidad. Y en la provincia de Alicante, y sobre todo en el sector de la medicina hay excelentes profesionales próximos a cumplir los 65 años que no se puede prescindir de ellos en modo alguno por su alta cualificación demostrada. Por ello, la tesis objetivista de querer jubilar a los profesionales a una edad determinada sin tener en consideración sus aptitudes y la posibilidad de seguir prestando un gran servicio supone cerrar los ojos a la necesidad de que determinados servicios se presten por profesionales de calidad y con experiencia contrastada.

En la escala de puestos de trabajo, la no jubilación de un profesional cualificado no quiere decir que se mermen las posibilidades de progresión de otros, sino que si alguien demuestra con su trabajo y dedicación que merece ser tenido en consideración para reclamar la continuidad de sus servicios, obviamente, se esmerarán en realizar su función de la mejor forma posible, reforzar su función investigadora y dar una alta calidad en el servicio público que se presta para progresar. Porque si en este país las medidas a adoptar se centran en prescindir de los mejores porque hayan llegado a una determinada edad, sobre todo temprana como los 65 años, estamos dando pasos hacia atrás en lugar de darlos hacia adelante. Cuando en un país a los buenos se les deja a un lado se está prescindiendo de la veteranía, sabiduría y buen hacer que los grandes profesionales que existen en este país pueden dar de sí. Y aquí, precisamente, no estamos sobrados de buenos, precisamente.

Así, bajo el enfoque que estamos dando a esta figura de la jubilación deberíamos plantearnos si la jubilación puede dejar de ser un deber a ser aceptada para convertirse en un derecho subjetivo que puede ejercer, o no, quien alcanza una determinada edad. Pero no, una obligación que debe llevarse a cabo, salvo que concurran circunstancias de salud, o merma de la capacidad del sujeto, en cuyo caso un comité podría evaluar la incapacidad para continuar. Desde luego, en las personas no es la edad lo que determina la capacidad para trabajar, sino las ganas de hacerlo bien, la dedicación, que te guste lo que estás haciendo y las ganas de prestar un servicio público. Y conste que ello no debe suponer una merma para la juventud que quiere ocupar esos puestos, sino que si son precisos más, habrá que dotar a los servicios públicos que lo precisen de más plazas si la ciudadanía lo necesita, pero no acudir al sistema objetivo de señalar que los que lleguen a los 65 años «ya no sirven» y hay que desprenderse de ellos. Porque si nos pusiéramos a valorar y jubilar a los que no sirven sin referencia al factor edad igual nos quedábamos solos.