En la localidad alicantina de El Campello se viven momentos de enfrentamiento a propósito de la participación de las mujeres en sus fiestas de moros y cristianos, que son las Fiestas Mayores. Ante el cruce de insultos y en un ambiente más que caldeado, el alcalde desalojó al público asistente al Pleno del pasado jueves cuando se discutía una moción de Esquerra Unida en la que se instaba a la Junta Festera (la asociación que organiza estas fiestas) a una modificación del reglamento de régimen interno que contempla una discriminación por razón de sexo en los cargos festeros. La moción fue rechazada por PP, PSOE, Compromís y Demòcrates, alegando que las fiestas son un bien patrimonial que no se debe politizar y que, al tratarse de una asociación privada, es ésta la competente para modificar su reglamento. Que haya financiación pública de por medio debe ser, por lo visto, detalle irrelevante. El origen de la polémica fue la propuesta presentada por la comparsa Cavallers de Conquesta para que una mujer fuera Embajadora y un hombre Banderero. Sometida a votación, dicha propuesta no alcanzó los apoyos necesarios entre las y los componentes de la Asamblea General de la Junta Festera. Pero ¿puede una asociación decidir libremente sobre cualquier cuestión?

Según el citado reglamento, los cargos festeros son «Capitán (Hombre mayor de 18 años), Capitana (mujer, mayor de 18 años), Ambaixador (hombre, mayor de 18 años), Banderera (mujer, mayor de 16 años)». Esto contradice tanto el artículo 14 de la Constitución Española como la Ley que lo desarrolla (Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad Real y Efectiva de Mujeres y Hombres), pues el hecho de que dos de los cargos no equiparables por su visibilidad y funciones hayan de ser provistos en razón del sexo (omitiré el detalle de la edad, que también tiene su miga) supone una discriminación directa absolutamente proscrita por la citada normativa, que es vinculante tanto para los poderes públicos como para particulares, ya sea personas físicas o jurídicas, como es el caso de la Junta Festera. Por tanto, parece que por muy democráticas que puedan ser las decisiones, no todo es decidible.

La Junta Festera emitió el pasado jueves una «nota aclaratoria y definitiva» a fin de que no se interprete esta decisión como discriminatoria hacia las mujeres al tiempo que señala que «la politización es un error que sectariza». Que haya presencia mayoritaria de mujeres en dicha asociación y en sus órganos de dirección no garantiza que el resultado de sus decisiones no sea discriminatorio, aun no concurriendo conscientemente esa intención. No se trata de «politizar» para dividir en bandos ideológicos a esta asociación, sino de cumplir con la legalidad vigente. Tener la fiesta en paz y en igualdad no debería ser incompatible.