En la línea de apostar por las comunicaciones electrónicas en nuestro país entre la Administración y los ciudadanos el Real Decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial ha destacado las ventajas que le suponen, no solo a la Administración, sino también, y sobre todo, a los conductores de vehículos de motor poder disponer de un sistema que les permita conocer de inmediato que les han impuesto una sanción por una infracción de circulación. Quizás, cualquier ciudadano puede llegar a pensar que cuando más le cueste a la Administración poder llevar a cabo un acto de comunicación más tarde va a pagar, o, incluso, a lo mejore hasta se olvidan de él. Pero esto no es así. La Administración podrá tardar, pero al final la notificación siempre llega y en derecho de la circulación si no es posible localizar el domicilio por haberlo cambiado el conductor la notificación se lleva a cabo en un tablón de anuncios digital electrónico en donde produce el mismo efecto que si la comunicación se hubiera hecho personalmente. Nótese que todo conductor de un vehículo de motor tiene la obligación, para disponer de licencia para conducir, de facilitar a tráfico un domicilio. Pero si se cambia de domicilio o se niega un ciudadano a ir a recoger las notificaciones que le lleguen, esta se producirá en cualquier caso con el sistema establecido. Por ello, que se implantó en el año 2009, y que ahora se potencia, de la existencia de un domicilio electrónico vial para los conductores se nos presenta como muy positivo.

Para empezar, hay que recordar que para las personas jurídicas que tengan vehículos es obligación disponer de este domicilio electrónico vial en donde la Administración va a llevar a efecto todas las comunicaciones. Pero para los particulares es voluntario. La reforma del año 2009 ya lo estableció voluntario para las personas físicas, y la regulación que se acaba de aprobar lo sigue manteniendo así. De suyo cuando se implantó solo 3.500 conductores lo solicitaron. Y la baja cifra puede deberse al desconocimiento de las ventajas de disponer de este sistema. Nótese que para pedirlo es muy cómodo, porque solo hace falta entrar en la página web de la DGT, www.dgt.es (o más rápido en https://sede.dgt.gob.es) y pulsar en domicilio electrónico vial y seguir los pasos para pedirlo. Solicitarán una dirección de correo electrónico y datos de vehículo y conductor y cuando la Administración deba comunicar alguna incidencia le enviarán un email para que pueda acceder el ciudadano a su domicilio electrónico y saber qué se le pretende notificar. Para poder darse de alta en el denominado DEV debe cumplir los requisitos técnicos de acceso y tener instalado previamente un certificado digital en su navegador o bien instalado e insertado el DNI-e en el lector de tarjetas inteligentes de su ordenador. Las ventajas son importantes, porque podremos saber de inmediato si se nos ha puesto una multa por haber cometido una infracción con el vehículo y evitar que se repita y podamos llegar de repente al tope de puntos que conlleva que nos retiren la posibilidad de seguir circulando. Además, se puede asegurar el descuento de la multa por el pronto pago de la misma y cerrar cuanto antes el expediente. El envío de la notificación al buzón electrónico se complementa con un aviso al correo electrónico y, si se desea, con un SMS a su teléfono móvil. Además de las notificaciones, con este sistema la DGT nos comunicará y avisará próximamente de aspectos que pueden ser de su interés como conductor o titular de vehículo, según los servicios se van incorporando progresivamente a la DEV. Por ejemplo, que nos hemos quedado con un saldo de 3 ó de 6 puntos. Y en breve, se podrán recibir otras comunicaciones, como aviso de caducidad del permiso de conducir, de ITV, etcétera. En definitiva, que ante la Administración no es bueno esconderse y si tenemos que interactuar con ella es preferible tener un canal ágil y sencillo de comunicación tanto para ellos, pero, también para nosotros. Al fin y al cabo, si una persona tiene que saber algo es preferible antes que más tarde, porque las medidas y las soluciones y remedios se ponen mejor que si nos enteramos de ello más tarde. Aunque algunos piensen lo contrario...