Uno de los principios inspiradores y fundamentales de la Unión Europea es el de subsidiaridad.

Básicamente consiste en interpretar que las decisiones y, por ende, los servicios a los ciudadanos deben tomarse, y deben prestarse por y desde la institución más cercana al mismo que sea posible.

Un principio de cercanía que resulta muy, muy conveniente por multitud de motivos estructurales (proximidad, conocimiento, empatía, humanidad, eficiencia social?) pero también coyunturales y más ahora que la política y los políticos tienen un viso negativo percibido por cada vez más amplias capas de la ciudadanía.

Un principio europeo que parece coherente aplicar a los demás niveles de administración territorial.

Pero nosotros somos diferentes, siempre tenemos que ser diferentes? Llega la Navidad, llega el fin de año. Año nuevo, vida nueva. Y no siempre para bien: el próximo día uno de enero será de plena aplicación la Ley 27/2013, mal titulada de «racionalización y sostenibilidad de la Administración Local» puesto que, en realidad lo que hace es quitarles a las entidades locales las competencias en materia de prestación de servicios sociales y de promoción y reinserción social, así como otras muchas relativas a sanidad, consumo, igualdad, políticas activas de empleo?

No, en 2016 prima la economía, prima el presupuesto, prima el dinero por encima de las personas. Ya no serán los profesionales, los técnicos, las personas cercanas a nosotros quienes se ocupen de esos aspectos de prestación social. Serán otros entes, otros organismos más lejanos. Me permito aventurar: serán empresas privadas, quienes se ocupen de esos aspectos. ¿Es necesario recordar que las empresas privadas tienen un objetivo de rentabilidad? Quieren y tienen que obtener beneficios.

El presupuesto «equilibrado» será el principio rector y no la atención a los ciudadanos, y no la calidad de los servicios prestados. En economía se habla de bienes «públicos» y de bienes «privados». En la nueva situación que se nos avecina se van a presentar los bienes privados «sobre» los bienes públicos.

¿En qué quedan las funciones de los consistorios en materia de servicios sociales y de reinserción? Única y exclusivamente en la «evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social». Sólo actuación en «exclusión social». ¿Y el resto? ¿Y los demás? ¿Y la mayoría? Mera evaluación e información a?

Considero que hay que hacer todo lo contrario: con 1 de cada 5 personas por debajo del umbral de pobreza; con 2,8 millones, (¡millones!) de niños en España (un 33,8%, 1 de cada 3) en riesgo de pobreza; con más de la mitad de los parados sin ningún tipo de ayuda? Lo que esta sociedad requiere es potenciar los servicios a los que los ciudadanos, las personas, recurren en primer lugar.

Ya de entrada, el Plan Concertado de Servicios Sociales ha visto reducido su presupuesto en un 64%. Ahora, en 2016 se inicia la desmantelación de la estructura.

Urge reivindicar el principio de subsidiaridad europeo.