El Gobierno de la Generalitat Valenciana nunca ha demostrado una preocupación preferente por el transporte de viajeros por carretera; tanto es así que la primera ley referida de esta materia es de 2011. Desde el inicio de la etapa de gobierno autonómico los esfuerzos se han dirigido especialmente al transporte tranviario o por ferrocarril, que se articula en torno a ese «agujero negro» que representan los Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana lleva vigente más de cuatro años, pero no acabamos de ver los resultados esperados de la misma, bien sea por su confusa redacción o por la falta de diligencia demostrada en su desarrollo.

En los últimos años parece que los legisladores se entretienen en lo accesorio e ignoran el principal; este es el caso de la Ley de Movilidad, cuyos autores no han entendido, o no les ha preocupado, que el problema de movilidad solamente se resolverá si se dispone de un sistema de transporte público colectivo eficiente. Así, una parte de la ley se entretiene en regular el fomento de los desplazamientos peatonales y proponiendo actuaciones específicas en relación con el uso de la bicicleta y el estacionamiento de las mismas. En otra parte se detiene en disquisiciones semánticas sobre los planes de movilidad, sobre si son de ámbito municipal, supramunicipal, comarcal o metropolitano. Pero el tratamiento que hace la ley, en lo fundamental, que debiera ser la planificación y organización de un sistema de transporte público eficiente, tanto en lo social como en lo económico, deja bastante que desear.

Desde la Comunidad Valenciana, quizá por esa despreocupación por el transporte público de viajeros por carretera, se han cometido fallos de gestión legislativa que nos han traído a la situación presente. Así, a pesar de la entrada en vigor el 3 de diciembre de 2009 del Reglamento CE 1307/2007, la Generalitat Valencia promulga el Decreto24/2010, de 29 de enero, del Consell relativo al plan de modernización de las concesiones de transporte público regular permanente de viajeros por carretera, en el que se establece la prórroga de concesiones en base a una serie de inversiones que debían realizar los concesionarios. De esta manera se pretendía buscar un atajo para las prórrogas encubiertas de concesiones hasta el año 2023.

Como era previsible este decreto es recurrido por la Comisión Nacional de la Competencia, fallando el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en sentencia 568/2012, de 22 de octubre por la que se anula el citado plan de modernización por ser contrario a Derecho.

Todo esto nos ha llevado a la situación actual, pues aunque la Ley de Movilidad de 2011 ya contempla la aplicación del Reglamento CE 1370/2007, se encuentra con la mayoría de las concesiones de transporte regular de viajeros vencidas y sin posibilidad de prórroga de la mismas, razón por la cual debieran ser concursadas.

A lo largo del último año se han publicado una serie de resoluciones de la Dirección General de Transportes y Logística por la que se aprueban inicialmente y se someten al trámite de información pública e institucional distintos proyectos de servicio público de transporte de viajeros por carretera, sin que exista un conocimiento claro de la fecha en que van a ser realmente concursados estos proyectos.

Los proyectos que han salido a exposición pública no aportan novedades sobre las anteriores concesiones, como si la demanda de transporte no hubiera evolucionado en los últimos años, llegándose a dar la paradoja de que se exponen servicios cuyos itinerarios discurren íntegramente dentro de un mismo término municipal. ¿No nos dice la Ley de Movilidad que los tráficos que discurren íntegramente dentro de un término municipal son competencia del Ayuntamiento correspondiente?

Como antes señalamos, la Ley de Movilidad es confusa y se ha mostrado ineficaz para solucionar los problemas del sector y, lo que es más importante, no ha servido para resolver parte de los problemas de movilidad de los ciudadanos.

Además, en ese marco de incertidumbre e inseguridad jurídica, la Conselleria de Educación va por su cuenta, siendo ella la que, al manejar la mayor parte del presupuesto de la Generalitat destinado al transporte en autobús, condiciona la política de transportes y el futuro del sector con contratos que no se ajustan a la legalidad del transporte e incluso con ayudas que distorsionan más que favorecen y que en la actualidad ha dejado a todo el mundo en la más absoluta perplejidad e incertidumbre.

Además, el sector al que nos referimos es operado por empresarios privados, que se encuentran en una situación de incertidumbre, derivada de la falta de seguridad jurídica provocada por una Administración, que no ha sido diligente ni en la elaboración de una Ley de Movilidad adecuada ni en la aplicación de la misma.

Ya hemos delimitado las responsabilidades e incluso asignado las presuntas culpas, pero lo cierto es que no se puede seguir manteniendo en un limbo jurídico a un sector de esta relevancia, con la mayoría de su red concesional en situación de caducidad y, consecuentemente, con sus inversiones paralizadas.

Concluiría que es urgente una nueva ley autonómica que aclare todo este incierto panorama, que se suma a la paralización del reglamento de transportes pendiente de promulgar por parte del Ministerio.