Leo en el diario «Público» un artículo firmado por mi admirado Vicenç Navarro, reputado politólogo y fecundo articulista, oficio éste en que se desempeña con singular claridad, a propósito de la cuestión soberanista y del «derecho a decidir», que, según él, corresponde ejercer a una Nación como la catalana.

Vicenç Navarro nos viene a decir que el «derecho a decidir» se apoya, por un lado, en razones democráticas, y, por otro, como reacción al nacionalismo españolista, un nacionalismo integrista y reaccionario que si bien se manifiesta de manera prepotente en la derecha española se habría apoderado de la izquierda, especialmente del PSOE, un partido que habría renunciado a su tradicional defensa de un modelo plurinacional y federal para España, para abrazarse, poco más o menos, a las mismas tesis que la derecha conservadora.

Para ejemplificar tal evolución, Vicenç Navarro contrapone la figura de Pascual Maragall, a quien concede la grandeza de haber intentado el acomodo de Cataluña en España, mediante el impulso de la reforma estatutaria de Cataluña (frustrado, según él, por el Tribunal Constitucional), a la figura de José Bono, quien vendría a representar, creo entender, el espíritu actual del nacionalismo español del PSOE. Para sostener su discurso, Vicenç Navarro se refiere a la Constitución española de 1978 como una especie de fraude impuesto en su momento por el Rey y el ejército con el fin de someter y hacer callar para siempre las legítimas aspiraciones de Cataluña para decidir su destino como Nación.

Como pensador de izquierdas, es de agradecer que Vicenç Navarro no apele a vidriosas cuestiones históricas, siempre sujetas a interpretaciones interesadas, ni a otras cuestiones poco objetivables, como el «sentiment», que si bien es un motivo respetable, con incidencia en el plano político, no es desde luego el mejor argumento para sostener, sobre bases racionales, ni el «derecho a decidir» ni el subsiguiente derecho de autodeterminación. Tal vez habría que reprochar si acaso a Vicenç Navarro la elusión de un análisis más profundo sobre el significado del nacionalismo en general que, como él bien sabe, ha estado tradicionalmente vinculado a los diferentes proyectos hegemónicos de la derecha, tal como también sucede ahora, en el proyecto puesto en marcha por el secesionismo catalán.

Al margen de las posiciones políticas o subjetivas de personajes como Pascual Maragall o José Bono, discrepo de Vicenç Navarro en cuanto al significado que éste da a la Constitución española de 1978. Porque la Constitución, lejos de ser el fraude a que él se refiere, lo que refleja precisamente, en su estructura objetiva, es un nacionalismo español débil, compatible con un derecho a la autonomía de nacionalidades (o si se quiere, de naciones) concebida con una amplitud tal que no tiene precedentes, ni en la historia de España (y de Cataluña) ni probablemente en ningún otro país, lo que incluye a muchos estados llamados federales. Hay que recordar que la Constitución, en este punto, reflejó un pacto territorial, un pacto al que se sumaron las fuerzas de izquierda y el propio nacionalismo catalán, y que a lo largo de treinta y cuatro años ha elevado la autonomía de Cataluña a un rango del que nunca disfrutó -ni siquiera soñó- desde la época moderna. Por otra parte, la Constitución no es un texto intangible, sino que cabe hacer en ella cambios y ajustes.

Discrepo también del concepto vaporoso de democracia que emplea Vicenç Navarro. El concepto de democracia narcisista -que en ocasiones se enarbola- en el sentido de que la mayoría lo puede todo y sobre todo, no es compatible, a mi modo de ver, con la esencia de la democracia constitucional. La decisión democrática, configurada de forma más o menos arbitraria, no puede, por ejemplo, vulnerar la esfera indecidible de los derechos fundamentales o servir de justificación para erradicar el pluralismo político. Sobradas experiencias históricas tenemos para saber que mediante un ejercicio aparente de democracia accedieron al poder partidos que tenían como objetivo, precisamente, erradicar la democracia. De igual modo, el «derecho a decidir», antesala, en este caso, del derecho de una parte del territorio a autodeterminarse, tiene también sus límites: por definición, no puede encontrar amparo en cualquier Constitución democrática, como es la española, cuya función esencial es garantizar el respeto a los derechos de todos los ciudadanos, y no sólo de una parte de ellos; así como tampoco puede encontrar amparo en el Derecho Internacional, ya que Cataluña no es, por supuesto, un territorio colonial u ocupado, sino más bien uno de los territorios más ricos y prósperos del conjunto de España.