Se acaba de hacer público un importante paquete de reformas que afectan de nuevo al ámbito de la justicia, tras la exposición de las conclusiones elaboradas por las comisiones que se crearon al efecto para llevar a cabo diversas propuestas de reforma, sobre todo en el ámbito del proceso penal. Y hay que recordar al respecto que varias de esas propuestas se llevan tiempo debatiendo, sobre todo la de darle la instrucción al fiscal en la tramitación de los procesos penales. Una idea que desde el punto de vista de la filosofía del proceso es buena, pero que choca con un momento que dista mucho de aconsejar ideas que comporten fuertes desembolsos económicos, porque afrontar esta idea conlleva incrementar el número de fiscales, algo que choca con los presupuestos recortados de justicia. Porque, o bien se plantean reconvertir jueces en fiscales, lo que es absolutamente desacertado, porque solo nos faltaba perder efectivos en un cuerpo que tiene carencias en números, y además es ilegal porque no se pueden mover y cambiar a miembros del Poder Judicial de su actividad laboral, o bien se deciden a crear plazas de fiscales, que sería la mejor solución, por no decir la única. Pero veamos quién saca dinero para esto cuando de tenerlo, y disponer de él, sería mejor destinarlo a cuestiones más urgentes en la justicia, o a fines con componente social. Por ello, no se trata de una mala idea, pero sí irrealizable en la actual economía del país.

Lo que sí es correcto es cambiar la figura del imputado en el proceso penal, porque se diga lo que se diga, y afecte a quien afecte, no puede crearse un estatus similar al condenado en el proceso penal que haga alterar el principio de la presunción de inocencia. Y decimos esto, porque la actual configuración del sistema penal hace que cuando se dirige la acción penal contra alguien parece que el sistema público, externo al órgano judicial, no parece contemplar la idea de que esa persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario, sino que da la impresión de que en la actualidad el denunciado debe demostrar su inocencia ante el juzgado y ante la sociedad. Ante ambos. Y esto, lo queramos reconocer, o no, es así en la actualidad y parece que con una aceptación extendida. Luego podrá venir una absolución porque las pruebas no decían lo mismo en la práctica del juicio, pero el daño ya está hecho. Por eso, aunque es cierto que los casos de corrupción y de macrojuicios se han incrementado en nuestro país y que la moralidad y la ética se han perdido y hay que reconducir este camino por el que estábamos circulando, también lo es que estas situaciones no nos deben hacer perder el norte y cambiar nuestro modelo de justicia por un sistema inquisitivo y despiadado con las personas que son objeto de una investigación.

Por ello, se está hablando de modificar el sistema procesal de la figura de la persona contra la que se dirige una denuncia y es objeto de investigación. Cambiar la figura y la noción del imputado en el proceso penal. Y esto es una realidad y una necesidad en la actualidad, porque hemos creado una idea de que quien es denunciado es culpable y que es él quien debe demostrar su inocencia. Y no nos engañemos, pero esta forma de ser y actuar es así, hasta que no le pasa a alguien de su entorno y es entonces cuando se da uno cuenta de lo injusto del sistema, y de que no es plato de buen gusto comprobar cómo la publicidad de una investigación sujeta al afectado a un estigma difícil de llevar, cuando ese estigma debía corresponder a alguien que ha sido condenado, pero no a alguien que no ha sido juzgado todavía. Debe alterarse, pues, la figura del imputado y adecuarlo a una filosofía en la que prime el principio de presunción de inocencia que evite juicios paralelos anticipados a lo que debe ser un Estado de Derecho en el que todo el mundo tiene derecho a defenderse.

Por otro lado, entre las reformas que hay que incluir está una que hemos reclamado desde hace tiempo en Alicante, como es reforzar los medios de investigación policiales que en la legislación procesal penal están deficientemente regulados, como las intervenciones telefónicas, entradas y registros, intervención de la correspondencia directa y electrónica, detenciones, etcétera. Es preciso que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sepan cómo actuar en cada momento, y, sobre todo, tener la seguridad de que su trabajo está bien hecho, para evitar que más tarde se decreten nulidades de las pruebas que se han obtenido. Y esta reclamación la hemos hecho en Alicante en varios congresos jurídicos y enviado a los responsables políticos alertando de unas carencias que conlleva que en la práctica existan en todos los mandos policiales una honda preocupación sobre las consecuencias prácticas de la investigación policial.

Con ello, la reforma que se va a afrontar debe trabajarse en todos los aspectos. En el de la mejora de estado de la seguridad ciudadana en este país, que hace buena falta para acabar con corruptos y grupos organizados, pero también para evitar que el sistema se organice para alterar las reglas básicas que también deben reinar en un Estado de Derecho y que se organizan desde la idea de que todo el mundo es inocente mientras no se demuestre lo contrario con pruebas incriminatorias de cargo, y habiendo podido defenderse de ellas en un juicio.

Mientras tanto, llevemos cuidado y no cambiemos lo que tanto nos costó conseguir.