Del escrito remitido esta semana al Tribunal Superior de Justicia por el juez Manrique Tejada, instructor de la causa que se sigue sobre el posible amaño del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante para beneficiar al constructor Enrique Ortiz, en el que el magistrado pide que el TSJ continúe la investigación imputando por gravísimos delitos, entre otros, al propio empresario, al exalcalde y hoy diputado en las Corts Luis Díaz Alperi y a su sucesora en la Alcaldía y hoy también diputada, Sonia Castedo; de dicho escrito, digo, cabe extraer tres conclusiones y una pregunta. Tejada se ha revelado un juez mediático, gran conocedor de las herramientas básicas de la informática y con cierto gusto por la retórica. Esas son las conclusiones cuando te enfrentas a un texto que no dice nada que no se supiera, ni una sola revelación nueva, pero ofrece un explosivo titular ("El juez pide imputar a Castedo por cohecho"); en el que una y otra vez se repiten las mismas conversaciones grabadas en su día por la Policía en distintas páginas y se reproducen con la misma redacción -corta y pega- los mismos argumentos para distintos actores y en el que, por apelar, el juez llega a echar mano de la teleología, la doctrina filosófica de las causas finales, aunque uno no sepa muy bien a qué santo la alusión, si precisamente lo más criticable que tiene su "exposición razonada de motivos" es que no nos sitúa al final de nada, sino que nos deja en el punto de partida: las escuchas y nada más que las escuchas. Esas son las conclusiones y de ellas se deriva la pregunta: ¿Qué ha estado haciendo la justicia durante estos dos últimos años, si al final estamos donde estábamos, aunque con un magnífico titular?

No se me impacienten. Éste artículo, para el que tomo prestado un título de Juan Eslava Galán, no está dedicado al juez. Pero el magistrado también tiene su responsabilidad, la que su condición le impone y la sociedad le otorga, y en un caso tan trascendente como éste no queda más remedio que empezar por el principio y señalar que, si dos años después, aquí lo único que se es capaz de hacer es repetir, insisto, conversaciones que ya ocuparon páginas y páginas de periódico hace siglos, para no rematar luego nada, al punto de que se acusa de cohecho a los encausados añadiendo sistemáticamente entre paréntesis que no se puede concretar el tipo delictivo que se está imputando, entonces esto ha sido una pérdida de tiempo inexcusable. Pérdida de tiempo que perjudica a los ciudadanos, puesto que ralentiza y embrolla, cuando no bloquea, la gestión de la Administración, reitero que para no llegar a nada que no se conociera. Pérdida de tiempo que supone también pérdida de derechos (y la defensa de éstos tiene que hacerse siempre y en todos los casos, no sólo con quien nos cae bien) y que, por tanto, carga de argumentos a los implicados. Porque no tiene razón Sonia Castedo cuando en INFORMACIÓN declara que la presunción de inocencia no existe. Existe y está bien garantizada por nuestro sistema, incluso cuando un instructor no instruye como debe. Pero sí la tiene cuando dice que ha estado sometida a un juicio severísimo durante dos años en los que no ha podido defenderse. Porque leyendo al juez Tejada es imposible comprender por qué no tomó declaración a Castedo cuando aún no estaba aforada -tuvo casi un año para ello-, o por qué no se dirigió al TSJ en cuanto que pasó a adquirir este rango. Sin perjuicio de que desde el principio debía haberlo hecho por figurar otro aforado: Alperi.

La indefensión puede ser causa de nulidad. Al igual que lo puede ser el hecho de que no se comunicara formalmente al TSJ la presencia de los aforados para determinar cómo debía continuarse el proceso. Pero sobre todo, no se entiende que la que se ha convertido por mor de la política en principal objeto de esta investigación, siendo factible hacerlo, no haya podido personarse en ningún momento para ser interrogada y ofrecer su versión de unos hechos sobre los que todos los días se estaban publicando informaciones. El propio juez se da cuenta de ello, cuando ahora, al cabo insisto de dos años, dedica su último párrafo a apremiar al TSJ y le recuerda que Castedo pidió en 2010 declarar. A buenas horas las prisas... y las justificaciones.

Y, sin embargo, con independencia de cómo se haya conducido judicialmente este asunto, lo cierto es que eleva exponencialmente la crisis que sufre el PP por los casos de presunta corrupción que se le amontonan, en un momento en que la justificada indignación de la ciudadanía hace que ésta no esté dispuesta a perdonar a los políticos ni el más mínimo desliz. Y encima, no es de deslices precisamente de lo que hablamos, ni en el caso que afecta a la alcaldesa de Alicante ni en ningún otro de los que han convertido, como muy bien se ha venido contando, a los diputados autonómicos populares imputados o en vías de serlo nada menos que en el tercer grupo parlamentario de nuestra cámara; un grupo tan potente que, de irse todos, el PP perdería su mayoría absoluta. Por eso Fabra no puede apartarlos, aunque no haciéndolo arriesga arruinarse él y hundir a todo el partido.

En medio de este clima, Castedo no lo tiene fácil. Las acusaciones que le ha hecho el juez son muy graves, aunque sea sin concreción. Así que, de no decidir el TSJ devolverle la causa al instructor para que la trabaje como es debido (tal y como ya ha pedido un abogado) o no archivarla (lo que parece difícil aunque tampoco sería la primera vez), Castedo será imputada. ¿Debe dimitir ese día? Dado que hasta aquí no ha podido defenderse legalmente, habría que responder que no, que tiene derecho a declarar y rebatir las acusaciones que contra ella se hacen. Pero la misma tesis que se sostuvo aquí sobre Camps, vale para la alcaldesa de Alicante: las instituciones jamás deben sentarse en un banquillo. Si después de instruir, el Tribunal Superior decide que hay razones para abrir juicio oral, Castedo debe dimitir como alcaldesa y diputada y someterse a ese juicio como un particular más. Porque de no hacerlo así, el daño para la política en general, la Administración que preside en particular y, en consecuencia, para los ciudadanos, volvería a ser irreparable, con independencia del veredicto. La política tiene privilegios, pero también servidumbres y no poder esperar la sentencia parapetada tras el cargo es una de éstas últimas.

Las Fuerzas de Seguridad informaron en su momento de que no habían detectado enriquecimiento ilícito por parte de la alcaldesa, informe éste que, por cierto, no es mencionado en el escrito del juez Tejada al TSJ. El juez, sin embargo, sí hace constar que el constructor Ortiz no logró aparentemente beneficios que buscaba. Pero, como también dice, para que exista el delito no es necesario que los propósitos se cumplan: basta con tenerlos. Y Sonia Castedo se ha equivocado en muchas cosas: se pagara o no sus vacaciones, nunca debió irse con Ortiz en su barco; aunque fuera su amigo, cosa que no niega, jamás debió mantener como concejal ni luego como alcaldesa la relación tan estrecha que las conversaciones grabadas evidencian. Se escribió aquí hace tiempo que si Castedo era condenada lo sería más por su actuación como concejal de Urbanismo que por su desempeño como alcaldesa. El problema es que lo que corrigiera luego no lava aquello en lo que cayera antes. El juez no ha sido capaz de encontrar dádiva alguna, que de verdad merezca tal nombre. O porque no la había o porque no ha sabido buscarla. Le diré lo que es obvio: de haber participado Castedo en el amaño del PGOU no habría sido por dinero, sino por poder. La dádiva no hubiera sido un maletín, sino una Alcaldía. Si Castedo perdió la inocencia, ése fue el altar en el que la sacrificó.