Las noticias sobre el enriquecimiento, parece que irregular, de Iñaki Urdangarín (duque de Palma) y de la infanta Cristina de Borbón, está planteando la cuestión de si la responsabilidad por la actuación personal de Urdangarín se extienden a su cónyuge y por lo tanto a la familia real e indirectamente a la Corona. Lo cual renueva el problema jurídico de la corresponsabilidad del cónyuge. En el aspecto penal, por ejemplo, en el caso de los narcotraficantes o de corruptos, si el cónyuge del delincuente no ha participado directamente en los delitos, los tribunales no suelen inculparle, salvo que se pruebe la actuación activa y coautora en los hechos denunciados. En primer lugar, aunque un cónyuge conozca la actuación delictiva del otro, no tiene obligación de denunciarlo, ni de prestar declaración en contra suya como testigo, según nuestras leyes penales y procesales. En el caso de que haya disfrutado como consorte de los bienes obtenidos ilegalmente se le suele eximir también de responsabilidad por los tribunales penales, por el principio llamado de la no exigibilidad de la conducta, ya que el dilema sería denunciar o la previa separación, cuando en la mayoría de los supuestos no conoce exactamente los actos concretos que se están realizando, aunque pueda sospechar de la ilicitud o irregularidad de los mismos.

El aspecto político es diferente al penal. Cuando un cargo público conoció o tuvo motivos para conocer la actuación delictiva o simplemente irregular de su cónyuge, tiene plena responsabilidad política y deber de dimitir de los cargos públicos. Ya que en estos supuestos al político se le exige un plus de honorabilidad y de rectitud, que con su previo conocimiento o conducta posterior ha desmerecido. El caso de Urdagarín es grave para el desprestigio que puede suponer para la Corona. La Casa Real recibe unos ingresos superiores a los 8 millones de euros, y nunca ha rendido cuentas de la utilización de dicho dinero, pues una cosa es que la propia Constitución le permita su distribución libremente, y otra que no se dé la publicidad suficiente, como suele ocurrir en todas las monarquías democráticas europeas. Se tiene noticias de que a la infanta Elena se le dijo que no pudiera meterse en negocios, e incomprensiblemente no se le ha dicho lo mismo al marido de la infanta Cristina. La monarquía tiene un gran privilegio, como representación de la soberanía nacional sin ninguna obligación especial, donde cada actuación del monarca tiene que ser respaldada por los correspondientes ministerios, y el rey es irresponsable penal y civilmente, además la corona se hereda como si fuera un patrimonio familiar. Pues bien, los privilegios concedidos están en función del crédito, honorabilidad, prestigio y buena fama que deben tener todos sus miembros.

La falta de respuesta hasta ahora, tanto del rey, como del duque de Palma está haciendo un mal servicio a la monarquía. En una época de crisis, con más de 4 millones de parados, parece un insulto a la ciudadanía que se puedan enriquecer el duque y la infanta de manera tan rápida, con contratos y concesiones muy dudosas, amparándose en que forman parte de la Familia Real. Es significativo que los mayores negocios se hayan realizado en la época de los inculpados por corruptos Matas y Camps, ex presidentes de las comunidades de Baleares y de Valencia respectivamente. Si se confirman los indicios delictivos debemos esperar que los tribunales actúen con el máximo rigor que permiten las leyes ante la gravedad social de los hechos.