Escribir acerca de un procedimiento judicial con el solo conocimiento de lo publicado en la prensa supone asumir el riesgo de no tener una información suficiente y completa. Por ello, los juristas, si actuamos con cierta prudencia, debemos evitar hacerlo. Yo, al menos, tengo esa costumbre y nunca hablo sin leer los autos o sentencias dictadas por los tribunales.

Pero, alguna excepción cabe hacer cuando la urgencia del asunto lo aconseja y, sobre todo, cuando el escrito no imputa, sino exactamente lo contrario, reivindica el cierre de cualquier investigación. Siempre cabe arriesgar si lo que se pretende es la libertad o se propugna la legalidad de un acto.

La semana pasada, como es sabido, aparecieron ciertas noticias en este diario acerca de una presunta compra de partidos por parte del Hércules C.F., concretamente, la del celebrado frente al Córdoba C.F. y otros intentos frustrados. Y, según lo publicado, esa información se habría obtenido a partir de unas intervenciones telefónicas entre sujetos no identificados en la noticia y jugadores del equipo indicado. El juzgado archivó el asunto al no ser constitutivo de delito y el fiscal solicitó que se trasladaran a la Federación Española de Fútbol los hechos al considerar que podían constituir una infracción administrativa grave que podría suponer la pérdida de categoría del Hércules C.F.

Estos son los datos publicados, los que conocemos y sobre los que se puede opinar, aunque siempre, insisto, con el margen de error propio derivado de hablar de referencia y no sobre datos comprobados. Asumiendo el riesgo conscientemente, voy, no obstante, a comentar la noticia, pero sólo desde estrictos planteamientos jurídicos y partiendo, siempre en el terreno de la hipótesis, de que los hechos fueran ciertos. Y lo haré desde la imparcialidad que es exigible a un jurista ajeno a los acontecimientos y a la entidad presuntamente implicada. No obstante, debo decir que cualquier investigación en curso de naturaleza penal, debe mantenerse independiente, en la medida de lo posible, de los aspectos deportivos y, en este sentido, no es criticable la pretensión de que el club más importante de Alicante permanezca en Primera División, por el bien de todos, por el de la ciudad y por el de quienes somos aficionados al fútbol.

Se dice que la noticia sobre la compra de un determinado partido se obtuvo en una interceptación telefónica que tuvo lugar en el seno del conocido como asunto "Brugal", es decir, en plena investigación sobre hechos delictivos que se afirman como delictivos. Es decir, que el dato se obtuvo al margen de la resolución judicial concreta dictada, la cual autorizaba la intromisión para el descubrimiento de un delito determinado; por tanto, la escucha sobre los hechos deportivos fue un mero un hallazgo casual, siendo así que lo conocido carece de relevancia penal al tratarse de un ilícito administrativo. Debe, pues, indagarse acerca de la validez de esa información, de su utilidad en cualquier ámbito o, lo que es lo mismo, de si la propia Federación podría utilizar la noticia, aunque fuera cierta, a efectos meramente administrativos. Y la respuesta entiendo que debe ser negativa. Dicha información puede encuadrarse dentro de la categoría de la llamada "prueba prohibida" y ser calificada como nula de pleno derecho, no pudiendo utilizarse ni en el ámbito penal, ni en el administrativo. Debe anularse y entenderse como inexistente, no pudiendo el juez remitirla a la Federación, ni la Fiscalía solicitarlo, ni ninguna persona hacer uso de la misma a efecto alguno. La prueba ilícita en España afecta a cualquier ámbito, público o privado por el valor preferente de los derechos fundamentales.

Las razones son tan evidentes, como simples y voy a tratar de explicarlas con la sencillez debida a pesar de la complejidad del tema.

En primer lugar, sólo es posible ordenar una intervención telefónica cuando verse sobre delitos, nunca respecto de hechos que no tengan esa naturaleza. De este modo, jamás, aunque hubiera habido conocimiento, el juez podría haber ordenado intervenir teléfonos para investigar si se compró un partido de fútbol. El principio de proporcionalidad hace devenir nulas todas las resoluciones que graven un derecho de forma excesiva y es excesiva una intromisión en la intimidad o el secreto de las comunicaciones para indagar en un ilícito administrativo. La Constitución y la ley no lo autorizan.

En segundo lugar, es posible que se use la información de un delito obtenida investigando otro distinto y por ello no cubierta por la orden judicial habilitante cuando ese hallazgo fuera casual; por ejemplo, se investiga un robo y se obtiene información de un homicidio. En España, en tanto para este último hecho no habría existido orden judicial previa, se permite que el juez dicte otra "a posteriori". Pero, cuando lo conocido casualmente no es un delito, sino un ilícito administrativo, la cuestión se complica extraordinariamente, toda vez que, como antes he dicho, el juez no podría nunca dictar una resolución ni previa, ni posterior, sobre hechos no delictivos, ya que éstos no pueden ser investigados mediante intervenciones telefónicas. En definitiva, que ese hallazgo carecería de habilitación, siendo plenamente ilícito y no subsanable. Lo contrario sería tanto como dar validez a una noticia obtenida en una intervención telefónica sin resolución judicial.

En tercer lugar, no puede ser remitida información alguna a la Federación Española de Fútbol, ya que la información deriva de una prueba ilícita, de una intervención telefónica válida en abstracto en lo referente al delito concreto perseguido, pero nula en lo relativo a la noticia administrativa. Lo conocido debe ser eliminado para cualquier efecto, suprimido y entendido como inexistente.

En conclusión, nada hay que impute al Hércules C.F. en la compra de partidos, pues la nulidad supone la inexistencia de la noticia que se haya conocido a través de una prueba ilícita. Esta es mi opinión y la publico por si pudiera servir a los fines de que el equipo más importante de la ciudad pueda ofrecernos el año que viene buenas tardes de fútbol en primera división. No soy herculano, sino cordobesista (qué paradoja), pero iré al estadio todas las semanas como un herculano más.