L a independencia judicial constituye uno de los pilares esenciales del Estado de derecho, garantía de la legalidad y freno a las pretensiones del Poder Ejecutivo de controlar a jueces y magistrados para someterlos a sus designios, no siempre legítimos.

Los jueces deben ser independientes y sólo responsables penalmente en el marco de sus funciones cuando cometan delitos como la prevaricación, delito que consiste en la emisión de una resolución ilícita dictada con plena conciencia de su ilegalidad. Esto significa que no es prevaricación dictar una resolución errónea, contraria incluso a la ley, irracional si se quiere, si se hace con el convencimiento de su legitimidad y en la creencia de ser ajustada a derecho. No es prevaricación emitir una sentencia infundada y mucho menos es prevaricación que la misma no responda a la interpretación que otro juez estime correcta. De ser así, es claro que la estimación de un recurso siempre comportaría la apertura de un procedimiento por dicho delito.

Imputar por prevaricación judicial debe limitarse a situaciones excepcionales cuando, además de la voluntad y la convicción del juez de estar actuando ilegalmente, se aprecie una interpretación groseramente ilegal, manifiestamente ilícita. No basta para tal imputación una interpretación no compartida, aunque sea compleja, máxime cuando dicha inculpación puede generar la suspensión cautelar de un juez, su apartamiento de un juzgado y de los asuntos que tramita, lo que en ocasiones es buscado por querellantes parciales con intereses concretos y específicos.

Pues bien, el auto de admisión por el Magistrado Varela de la querella interpuesta contra Garzón en la causa del franquismo, más allá de la opinión que a cada cual merezca esta actuación del juez, no contiene elemento alguno suficiente para sostener la referida imputación de prevaricación y extiende tanto dicho delito, que puede considerarse, a mi juicio, como un frontal ataque a la independencia judicial, pues viene a equiparar prevaricación con una interpretación de la ley distinta a la que sostenga el juez superior que, obviamente, puede ser tan equivocada como la corregida y tan absurda y extralimitada como aquélla.

Varela, en un exceso que no ha sido compartido por la Fiscalía, no deduce la prevaricación de una interpretación de la legalidad manifiestamente ilícita y sabida y querida como tal, sino, simplemente, de no ajustarse a la que él entiende que es la correcta. Y lo hace desconociendo que las resoluciones de Garzón fueron avaladas por la Audiencia Nacional y por distintos jueces de toda España. Y es que, entender, como hizo Garzón, que los delitos del franquismo se podían calificar como crímenes contra la humanidad, imprescriptibles y no afectados por indultos o amnistías, no está exento de justificaciones legales y de tratados internacionales que pueden apoyar esta teoría. Que no se comparta, no quiere decir que lo contrario sea prevaricación. Estimar prevaricadores a todos los que no aplican la ley al modo de nuestra inteligencia, es tanto como criminalizar la discrepancia jurídica y se puede incurrir en la misma conducta que se imputa.

El TS, a través de este Magistrado y si sigue sus pasos, estará poniendo las bases para que la independencia judicial sufra un menoscabo serio que dañe a la propia posición del Poder Judicial en el marco del Estado de derecho, ya muy afectada por la intromisión de elementos extraños a través de un Consejo General del Poder Judicial politizado y de un Tribunal Supremo sensible a las mismas presiones, ya que, no se olvide, sus magistrados son nombrados por el CGPJ con criterios muy discrecionales y con reparto de cuotas en función de las mayorías políticas.

Varela no debió dictar esa resolución, plena de valoraciones, de interpretaciones personales, de descalificaciones a otro juez que, aunque en un tribunal inferior, es tan juez como él, aunque no le guste su actuación. El complejo y discutible auto de Varela puede constituirse en un instrumento útil para inaugurar una etapa de injerencias en el Poder Judicial, en un ataque a su esencia independiente.

Siempre he sido crítico con la actuación de Garzón y con la de la Audiencia Nacional, tribunal excepcional que permite actuaciones también excepcionales. Pero, de ahí a la prevaricación media un abismo.

Qué sucedería ahora si el Tribunal Constitucional o el Europeo de Derechos Humanos, de ser condenado Garzón, entendieran que su interpretación de la legalidad era posible y que la resolución de Varela fue la equivocada. ¿Habría incurrido en prevaricación este último? La mesura se impone cuando no se trata únicamente de enjuiciar a un juez o un acto concreto, sino de formular, a la par, una nueva teoría que puede entrañar un certero golpe al Poder Judicial. Muchos son los recibidos como para que ese mismo Poder Judicial se autoinmole. Tal vez su cúspide debería reflexionar.