Hoy está previsto que la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela emita la orden de detención que le ha pedido la Fiscalía que emita contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y los cuatro exconsejeros que se encuentran en Bruselas y que no han acudido a su citación como investigados.

La petición afectaría así, aparte de a Puigdemont, a los exconsejeros Antoni Comín (Salud), Clara Ponsatí (Enseñanza), Lluís Puig (Cultura) y Meritxell Serret (Agricultura). En un escrito dirigido a la juez, el fiscal le reclama que ordene la busca, captura y detención de los cinco "en el ámbito nacional e internacional", si bien precisa que emita órdenes europeas de detención dirigidas a las autoridades belgas, al constar que han viajado a ese país.

Carles Puigdemont no ha acudido a declarar ante la Audiencia Nacional este jueves y su abogado en Bélgica, Paul Bekaert, ha explicado que centrará la estrategia de defensa del expresidente de la Generalitat en impugnar cualquier hipotética petición de extradición para su entrega a España.

¿Qué es una euroorden de detención?

Una Orden de Detención Europea o euroorden es una petición de detención que una autoridad judicial de un Estado miembro de la UE presenta a otro país para que detenga y entregue a una persona para juzgarla o cumpla una condena. Este procedimiento entró en vigor en el año 2004 con el objetivo de facilitar las extradiciones y agilizar la cooperación judicial entre países de la UE.

¿Cómo se tramita?

El punto de arranque suele ser una orden de búsqueda y detención por parte de una autoridad judicial. En el caso de España, el juez o tribunal del caso en cuestión tiene la capacidad de emitir una Orden de Detención Europea, mientras que la facultad de tramitarla recae en los juzgados de instrucción y en la Audiencia Nacional. Cuando se conoce el paradero de la persona buscada, Bélgica en este caso, la autoridad judicial emisora puede comunicar directamente a la Justicia del país donde se encuentra el acusado la orden de detención, que se tramitará y ejecutará con carácter de urgencia.

¿Es obligatoria su ejecución?

Hay tres supuestos para no ejecutar obligatoriamente una orden de detención: que el delito atribuido esté cubierto por una amnistía en el país donde se encuentra el acusado, que la persona requerida ya esté siendo juzgada por otro país miembro, o que sea considerada menor de edad por la legislación del país de acogida.

¿Puede suspenderse la entrega?

Sí. La entrega de la persona afectada puede suspenderse de manera excepcional, y con carácter provisional, por motivos humanitarios graves como, por ejemplo, situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de la persona buscada.

¿La extradición es inmediata?

No. Podría retrasarse hasta dos meses hasta formalizarse. Si la persona buscada autoriza su entrega, la decisión definitiva sobre la ejecución de la orden de detención deberá tomarse en un plazo de diez días. Cuando la persona detenida no consienta su entrega, lo más probable en el caso de Puigdemont, tendrá derecho a ser oída por la autoridad judicial del país donde se encuentra.

Después de 60 días, la Justicia del país notificará de inmediato a la autoridad judicial emisora la decisión relativa a la orden de detención y la persona buscada deberá ser entregada lo antes posible, en un máximo de diez días después de la decisión definitiva.