La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, condena a 18 años de prisión a los padres de la pequeña fallecida en septiembre de 2013 "por un delito de asesinato con la concurrencia de la agravante de parentesco". El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia indica que la sentencia saldrá en las próximas horas.

El pasado día 30 de octubre el jurado popular leía su veredicto y declaraba culpables "por unanimidad" a Rosario Porto y a Alfonso Basterra de la muerte de su hija. En su veredicto concluyeron que ambos progenitores administraron lorazepam a la niña "de común acuerdo" para acabar con su vida "sin que pudiera defenderse". En ese momento, los miembros del jurado descartaron ya la posibilidad de indulto y la suspesión de la pena. Desde que finalizó el juicio Porto y Basterra permanecen en la cárcel de Teixeiro, en prisión provisional, a la espera de la sentencia.

Trece días después de conocerse el veredicto del jurado, tras un largo juicio de un mes en los juzgados de la Calle Viena de Fontiñas, hoy se conoce finalmente la pena para los progenitores de Asunta Basterra. La acusación popular, representada por la Asociación Clara Campoamor, pedía para los acusados 20 años de prisión, la pena máxima, y la Fiscalía solicitaba 18 años, en el tramo más alto pero sin alcanzar el tope máximo por delito de asesinato. El abogado de Porto, José Luis Gutiérrez Aranguren, por su parte, pidió el día del veredicto rebajarla a 17,5 años y la abogada de Alfonso Basterra, Belén Hospido, a 12,5 años.

Veredicto

El jurado consideró que Porto y Basterra actuaron de común acuerdo para acabar con la vida de la niña. Aseguraron que la familia comió junta el sábado 21 de septiembre de 2013 en el domicilio de Basterra, cuando le suministraron una gran cantidad de lorazepam para posteriormente asfixiarla. No descartaron que Alfonso Basterra fuera la tarde de los hechos a Teo ya que en la imagen de la cámara no se ven los asientos de atrás del Mercedes (delante iban Porto y la niña).

Consideraron probado que la niña falleció por sofocación sin posibilidad de defenderse y que los padres le administraron el lorazepam de común acuerdo. Los miembros del jurado consideraron hechos probados: 1, 4, 7, 9, 12, 14 y 15 y no determinaron ningún hecho como "no probado". El cuestionario del jurado contenía 21 preguntas en total y el veredicto del jurado coincidió con la versión de la acusación popular.

Rosario Porto y Alfonso Basterra fueron encarcelados en el penal coruñés de Teixeiro prácticamente desde el inicio de la investigación, muy pocos días después la muerte de la menor el 21 de septiembre de 2013.

Ambos, durante su declaración en esta vista oral, se esforzaron en transmitir que ellos no habían tenido nada que ver con el desenlace de la menor, pero el jurado popular dictaminó por unanimidad que eran culpables de la muerte violenta de su hija adoptiva, quien fue encontrada sin vida en una pista forestal de Teo (A Coruña).

También se mostraron no favorables al indulto y tampoco a la suspensión de la pena.