El jurado popular ha declarado culpables por unanimidad a Rosario Porto y a Alfonso Basterra de la muerte de su hija, la pequeña Asunta. En su veredicto concluyen que ambos progenitores le administraron lorazepam a la niña "de común acuerdo" para acabar con su vida "sin que pudiera defenderse". Además, dictan que no encontraron hechos no probados y descartan la posibilidad de indulto y la suspesión de la pena.

No descartan que Alfonso Basterra fuera la tarde de los hechos a Teo ya que en la imagen de la cámara no se ven los asientos de atrás del Mercedes (delante iban Porto y la niña). Consideran probado que la niña falleció por sofocación sin posibilidad de defenderse y que los padres le administraron el lorazepam de común acuerdo. Los miembros del jurado consideraron hechos probados: 1, 4, 7, 9, 12, 14 y 15 y no determinaron ningún hecho como "no probado".

En su argumentación, el jurado considera que Porto y Basterra actuaron de común acuerdo para acabar con la vida de la niña. Sentencian que la familia comió junta el sábado 21 de septiembre de 2013 en el domicilio de Basterra, cuando le suministraron una gran cantidad de lorazepam para posteriormente asfixiarla.

Concluyen que, en algún momento entre las 18.33 y las 20 horas, Rosario en solitario ejecutó el plan conjunto y asfixió por comprensión a Asunta, tapándole la boca y la nariz. Para el jurado, fue Porto quien trasladó a su hija a la pista forestal de Teo, donde sería hallada por dos hombres sobre la una de la madrugada.

Peticiones de pena

El fiscal mantiene la petición de pena de 18 años de prisión por asesinato para cada uno y la acusación popular de 20 años, la pena máxima. El fiscal considera necesario que continúen en prisión preventiva hasta que se dicte sentencia y expresó que en estos momentos perciben "mayor riesgo de fuga". Explicó que la pena para asesinato se mueve entre 15 y 20 años y, según su opinión, debe moverse en el tramo superior, teniendo en cuenta la agravante de parentesco. Para la acusación popular, representada por la Asociación Clara Campoamor, la pena debe ser la máxima en estos casos, 20 años, teniendo en cuenta "el desarrollo continuado durante tres meses (administración previa de lorazepam) y el sufrimiento causado a la niña".

El abogado de Porto, José Luis Gutiérrez Aranguren, pide para su defendida la pena mínima, en este caso 17,5 años, y la abogada de Basterra, Hospido, 12,5 años para su cliente al no considerar probada la alevosía. Hospido mantiene que se trata de un homicidio con condicionantes, como abuso de superioridad, por eso reduce su petición a la pena mínima y apela al principio del ´in dubio pro reo´ para su defendido.

El abogado de Porto avanza que recurrirá la decisión "hasta última instancia" y que hasta que no haya sentencia en firme sigue defendiendo la inocencia de Rosario Porto. "Se ha cerrado una puerta pero quedan otras abiertas", declaró a Telecinco a la salida de los juzgados. La lectura del veredicto y las posiciones de las partes terminó pasadas las doce del mediodía.

Cuatro días de deliberaciones

El veredicto ha llegado después de casi cuatro días de deliberación, en la quinta jornada de debate entre los nueve integrantes el jurado popular, que han estado casi 40 horas analizando pruebas y testimonios para contestar a las 21 preguntas acordadas por las partes sobre los hechos.

Cinco hombres y cuatro mujeres empezaron a deliberar el lunes a mediodía y desde entonces no tienen contacto con familiares y amigos. El magistrado presidente de la sala en la que se ha visto este caso, Jorge Cid, les pidió a todos ellos desde un inicio responsabilidad, imparcialidad, independencia y sujeción a la ley, dada "la gravedad de la tarea" que se les ha encomendado y teniendo en cuenta que está en liza "la vida de dos personas que se juegan muchos años en prisión". Aislados del exterior, debatían de día en un juzgado de Santiago y pasaban las noches en un hotel de la capital gallega.

Los indicios que pesaban sobre Porto y Basterra

El juicio oral de casi un mes de duración dejó muchos testimonios, contradicciones y alguna que otra prueba, aunque ninguna de tanto peso científico como la autopsia o el resultado del análisis del cabello de la pequeña, que confirmó la ingesta de lorazepam los meses previos a su muerte y de 27 pastillas el día que la asesinaron.

Rosario Porto era la que tomaba Orfidal en casa para sus estados de depresión, tal y como lo confirmaron ambos durante el juicio. Juega en contra de Rosario el cambio de versión varias veces con respecto a sus viajes a Teo el día de los hechos. La principal corrección fue considerada "sospechosa" desde el principio, cuando por primera vez (tras los hechos) dijo que había ido sola a la casa de Teo y, después, cuando salieron a la luz las imágenes de la cámara de la rotonda de Galuresa con ella y Asunta en el coche en dirección a Montouto, cambió su versión y confirmó que sí que habían ido juntas.

En cuanto a Alfonso Basterra, mantenía que el día de los hechos estuvo toda la tarde en su piso de Santiago, tras la comida y hasta que tuvo noticia de que la niña había desaparecido. Sin embargo, había varios testimonios que lo sitúan por la tarde con la niña en el Ensanche.

En los registros contestó en varias ocasiones a preguntas dirigidas a Rosario, también dijo al agente que recogió la denuncia que la pequeña "iba a aparecer muerta". La comida del día 21 fue en su casa y él mismo preparó los platos, momento en el que supuestamente la pequeña consumió el Orfidal (o después de comer).