El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley del Registro Civil, que contempla como principal novedad la sustitución del tradicional libro de familia por un certificado registral individual para cada persona, vinculado a un código personal, en el que se inscribirán todos los hechos que le afecten desde el punto de vista civil.

"El nuevo Registro Civil, que remitimos hoy a las Cortes Generales, cambia en profundidad el actual modelo registral, vigente desde hace más de setenta años (1957), para que no suponga una carga, sino un servicio moderno, rápido, accesible y único para toda España", ha señalado la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Así, ha explicado que las nuevas certificaciones registrales, que sustituyen a los libros de familia, podrán solicitarse a través de Internet. Además, habrá una base electrónica de datos común para que los ciudadanos puedan realizar sus trámites en cualquier oficina del país y sólo en casos extraordinarios tendrán que acudir al registro personalmente.

A partir de la entrada en vigor de la nueva ley, cada inscripción de nacimiento irá acompañada de un código personal de ciudadanía, correspondiente a una secuencia alfanumérica, que servirá para todos los trámites que el usuario precise realizar con el Registro Civil.

"Se trata de un registro que tiene al ciudadano como eje central; que es único y más accesible; un registro desjudicializado, que libera a los jueces de tareas que no aportan valor a su función; más acorde al nuestro Estado de las autonomías, ya que los ciudadanos podrán obtener certificaciones en cualquiera de las lenguas oficiales", ha indicado De la Vega, para añadir que también "se facilita la labor de los ayuntamientos, puesto que son ellos los que van a asumir algunas de las funciones".

El proyecto de ley del nuevo Registro Civil suprime elementos de discriminación por razones de sexo, se incorporan instrumentos para la protección de menores y discapacitados que no tenían hasta ahora reflejo normativo específico en el Registro Civil, y se protegen de modo especial algunos datos personales sensibles limitando su publicidad.

Por otra parte, la modernización del Registro Civil hace necesaria su desjudicialización, por lo que pasa a configurarse como órgano administrativo, dependiente del Ministerio de Justicia y gestionado por funcionarios públicos, cuyas decisiones estarán sometidas a control judicial.

Otro aspecto significativo del nuevo Registro Civil es que refuerza el papel de los Ayuntamientos, como administración más cercana al ciudadano, que, en este sentido, actuarán no sólo como receptores y emisores de solicitudes dirigidas al Registro, sino también como actores en la tramitación de expedientes y la celebración de matrimonios civiles.

Se configura también, por primera vez, un catálogo de derechos y de obligaciones de los ciudadanos respecto al Registro Civil y se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para aquellos casos en los que los ciudadanos tengan que acudir a los tribunales en un procedimiento judicial sobre su estado civil (filiación, validez matrimonial, etcétera), estableciendo un procedimiento sencillo y rápido.