La Audiencia Nacional condenó a tres años de prisión al general Vicente Navarro por falsear "conscientemente" la identificación de 30 de los 62 cadáveres de los militares fallecidos en el accidente del Yak-42, el 26 de mayo de 2003, elaborando una lista de forma aleatoria.

La sentencia también condena a 18 meses de cárcel al comandante José Ramírez y al capitán Miguel Sáez por complicidad con Navarro en el delito de falsedad documental.

Además, la Audiencia también condena a Navarro, como responsable civil, a indemnizar con 10.000 euros por cada militar mal identificado, responsabilidad que de no poder cumplir deberá ser asumida por los otros dos acusados y si no por Defensa.

El tribunal, presidido por el magistrado Javier Gómez Bermúdez, considera probado que 30 de los 62 cadáveres "presentaban tal estado" que no eran identificables de forma visual y Navarro sin realizar "análisis complementario" y "a pesar de ser consciente de que era imposible identificar con tales datos todos los cuerpos" elaboró una lista que "aparentaba que todos ellos habían sido identificados cuando lo cierto es que las identidades habían sido asignadas de forma aleatoria en treinta casos".

Así, según la sentencia, Navarro -que se ha convertido en el primer general de las Fuerzas Armadas condenado por la Audiencia Nacional- "era consciente" de que no tenía identificados 30 cuerpos y, no obstante, "decidió falsear la verdad con lesión del bien jurídico protegido".

Seguirá libre y en su puesto

Aunque la pena para Navarro supondría su ingreso en prisión, éste no irá a la cárcel por ser una pena menor de cinco años que no se ejecuta hasta que es firme y con toda probabilidad su defensa la recurrirá ante el Supremo. Asimismo, Navarro se mantendrá en las Fuerzas Armadas y en la reserva, a la espera de que la sentencia sea firme.

Los tres condenados, explica la sentencia, "a sugerencia de Navarro, con la excusa de dulcificar la descripción de las lesiones, omitieron conscientemente aquellas que podían fácilmente despertar recelos o dudas sobre el proceso de identificación".

Esta falsedad provocó que las familias de los militares mal identificados procedieran en algún caso a su incineración pensando que era su familiar.

Para el tribunal tampoco es verosímil que dos generales (Navarro y José Antonio Beltrán -que fue imputado en esta causa, pero finalmente no fue procesado-) "firmaran un documento en el extranjero responsabilizándose de la repatriación en condiciones irregulares de 62 cadáveres sin conocer el contenido de lo que estaban firmando" a pesar de trabajar con "un buen intérprete".

Por su parte, Ramírez y Sáez son autores de un delito en grado de complicidad o auxilio no necesario "porque el delito se podría haber realizado sin la colaboración de ellos". La sentencia señala que sólo responde a las cuestiones planteadas en el juicio, "no pudiendo extenderse a otras valoraciones ajenas al objeto procesal ni a la conducta de personas no acusadas y sobre las que, en consecuencia, no se ha practicado prueba ni se ha formado convicción alguna el Tribunal".

El teniente fiscal de la Audiencia Fernando Burgos, no recurrirá el fallo al creer que ha satisfecho sus tesis.