¿Sabes que ese «souvenir» de tus vacaciones puede poner en peligro la biodiversidad? Pongámonos en situación: viajo a un país exótico, con sus playas paradisíacas y buceando me llevo como recuerdo una pequeña caracola. O compro en un mercado callejero unos objetos de carey. Esos simples gestos tienen consecuencias.

Puede tratarse de especies protegidas, o derivados de estas especies sometidas a ciertos controles. Su comercialización, importación, exportación o introducción procedente del mar se encuentra regulada por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), un instrumento internacional que busca evitar la desaparición de especies silvestres o la afectación de la biodiversidad. España se adhirió al Convenio en 1986. Dicho objetivo se logra con un catálogo de especies, tanto de flora como de fauna, que establece distintos grados de protección, según se trate de especies en peligro de extinción o en camino de estarlo. Para las primeras se establece la prohibición de comercialización y para las segundas se establece un sistema de regulación con certificados. Se aplica tanto a las especies de flora y fauna como a sus derivados.

De este modo, nos podemos encontrar con que el «souvenir» sea de una especie protegida (en cualquiera de las clasificaciones que establece el convenio) y no sólo estés contribuyendo a su extinción, sino que también te enfrentes a una sanción. Por supuesto, los especímenes (o los objetos elaborados con sus partes) introducidos ilegalmente son decomisados. De todas formas, lo que consideras un «souvenir» no queda tan bien en tu salón como en su hábitat natural.