Existe la creencia de que la experimentación con animales en la industria cosmética se encuentra completamente prohibida en Europa, lo que no es del todo cierto. Si bien la Directiva 2003/15/CE del Parlamento Europeo y del Consejo prohíbe expresamente la comercialización de los productos cosméticos cuya formulación final o alguno de sus ingredientes haya sido objeto de ensayos con animales, así como la realización en el territorio de la Unión Europea de ensayos en animales de productos cosméticos acabados o ingredientes o combinaciones de ingredientes, lo cierto y verdad es que algunas empresas escapan de esta prohibición. ¿Cómo? Acudiendo a otros mercados externos en los que testar con animales es un requisito necesario. Esto implica que, si bien la experimentación con animales está prohibida en el territorio de la UE, las empresas que testan en otros países lo seguirán haciendo fuera de nuestras fronteras. Del mismo modo, la prohibición se establece cuando existan métodos alternativos que no impliquen la utilización de animales y que estén validados u homologados científicamente por el organismo correspondiente. Los productos químicos deben cumplir la normativa REACH, que supone acreditar los efectos sobre la salud y el medio ambiente, en ocasiones con pruebas en animales. También existen algunas excepciones a la prohibición, como «circunstancias excepcionales» en las que surjan dudas fundadas en cuanto a la seguridad de un ingrediente cosmético, en el que los Estados miembros podrán solicitar a la Comisión europea que aplique una excepción a lo establecido.

Por tanto, no siendo todo tan bonito como parecía, qué menos que fijarnos en el etiquetado e informarnos, al menos, para no ser cómplices de esta crueldad.