El texto no es innovador, sino que establece principios «básicos» (que incluso yo definiría como mínimos) para el bienestar de los animales, la tenencia, la reproducción, el adiestramiento, el comercio y la cría, la publicidad y los espectáculos, las intervenciones quirúrgicas y el sacrificio. Dentro el apartado de intervenciones quirúrgicas se prohíben aquellas que tengan fines estéticos y no curativos, concretamente, el corte de la cola, orejas o cuerdas vocales, así como la extirpación de uñas y dientes.

Curiosamente, este punto está siendo el más discutido por las presiones que algunos grupos están haciendo para justificar el corte del rabo por motivos meramente estéticos, pretendiendo introducir una excepción al corte de la cola. Espero que se imponga el sentido común y se prohíba definitivamente, lo que obligará a las normas de rango inferior a respetar dicha prohibición.

Lo más llamativo del Convenio en mi opinión es el contenido del Preámbulo, en cuanto que reconoce «la obligación moral de respetar a todas las criaturas vivas» así como la «contribución» que hacen los animales a nuestra «calidad de vida». La simplicidad del preámbulo nos recuerda no estamos solos en el mundo y que precisamente los animales nos aportan mucho más que lo que reciben de nuestra parte. Ya va siendo hora de que se reconozca.