El juzgado de primera instancia número 3 de Dénia ha condenado al Banco Popular Español a devolver íntegramente a un vecino de Pedreguer la cláusula suelo que le aplicó en su hipoteca. El dinero que habría pagado el afectado asciende a unos 7.000 euros. La entidad también deberá pagar las costas del juicio.

La letrada Magdalena Rico ha defendido al vecino, que el 19 de noviembre de 2012, concertó un préstamo hipotecario de 144.000 euros para adquirir su vivienda habitual. En la escritura se incluyó una cláusula en la que se limitaba las revisiones del tipo de interés (una cláusula suelo del 2,500 %).

El juez ha declarado ahora nula esa cláusula. Sostiene que fue «abusiva». Y hace hincapié en que la sentencia es «una acción individual de condena, no colectiva» y que «no genera trastornos graves con trascendencia para el orden público económico». Alude también a que «ha desaparecido» el riesgo de las entidades «merced al saneamiento financiero».