Izquierda Unida quiere que se reforme el Código Civil para eliminar en toda España la denominada 'legítima de los ascendientes', la parte de la herencia que forzosamente deben destinar a sus padres las personas que fallecen sin haber tenido hijos y que ya ha sido suprimida en algunas comunidades.

Con este objetivo el coordinador general de IU, Alberto Garzón, y el diputado de esta formación Ricardo Sixto, han registrado una proposición no de ley en el Congreso instando al Gobierno a impulsar esa reforma.

En su texto, que se debatirá en la Comisión de Justicia y al que ha tenido acceso Europa Press, los diputados de Unidos Podemos abogan por revisar la figura jurídica de la legítima, por considerarla "anacrónica" y "un obstáculo a la libertad del testador" y en especial la legítima de los ascendientes, que ya ha sido modificada en algunas comunidades con competencias en la materia.

Actualmente los artículos 807 y 809 del Código Civil establecen que los españoles sin descendientes deben reservar en su testamento la mitad de sus bienes para sus padres (o abuelos si los dos progenitores han fallecido), o para el que sobreviva de ambos. Es decir, una persona sin hijos sólo puede decidir libremente a quién destina la mitad de sus bienes. Si el fallecido deja viudo, la legítima se reduce a una tercera parte del total de los bienes.

Esto es así en toda España salvo en Navarra, Galicia, Aragón o el País Vasco, donde la legitima de los ascendientes no existe, mientras que en Cataluña constituye sólo la cuarta parte de los bienes. IU señala que allí donde se ha abolido la legítima de los ascendientes se ha hecho por consenso y con muy buena acogida por parte de la ciudadanía.

La legítima --con antecedentes en el Derecho romano, el castellano, y el canónico y relacionada también con el Derecho Germánico-- se introdujo en el Código Civil de 1889 e Izquierda Unida defiende que ha llegado la hora de revisarla porque "la realidad social actual no es la misma que la del siglo XIX".

"En aquellos tiempos, la esperanza de vida apenas superaba los 50 años y todos los miembros de la familia permanecían unidos férreamente. Padres e hijos contribuían al patrimonio familiar común y la legítima podía tener sentido en aquel contexto", esgrimen en su iniciativa.

Además, recuerdan que en agosto de 2015, entró en vigor un nuevo Reglamento Europeo de Sucesiones que introdujo cambios trascendentales en el derecho legitimario y abre la vía a que el testador pueda acogerse a una ley de sucesiones distinta a la de su país de origen siempre que haya residido en ese otro Estado.

Por todo ello, Sixto y Garzón solicitan que el Ministerio de Justicia haga un estudio sobre legislación comparada nacional y europea en la regulación de la figura de la legítima en materia de sucesión, lo presente ante la Comisión de Justicia, y lo use como base para redactar un proyecto de ley para suprimir la legítima de los ascendientes.