Si se hiciera una encuesta en la calle, pocas personas afirmarían ser conocedoras de lo que es la mediación, la nueva forma de resolver un conflicto, dentro del marco legal, y que evita tener que dirimirlo delante de un juez.

Sin embargo, esta nueva figura, según la opinión de muchos profesionales del ámbito, ha llegado para quedarse entre nosotros por las muchas ventajas que supone con respecto a la ya clásica vía judicial.

Pero vayamos por parte. ¿Qué es la mediación? Circunscribiéndonos a una fuente oficial, como es el Ministerio de Justica, se define a la mediación como «un modelo de solución de conflictos que, mediante la intervención de un "tercero" neutral e imparcial, ayuda a dos o más personas a comprender el origen de sus diferencias, a conocer las causas y consecuencias de lo ocurrido, a confrontar sus visiones y a encontrar soluciones para resolver aquéllas».

Aparece en esta definición la figura del mediador (ese «tercero» neutral e imparcial), un profesional o «técnico en comunicación que va acercando las posturas de las partes a través de técnicas, habilidades y herramientas que adquieren en los cursos de formación en mediación. El mediador se encarga de tender puentes entre las partes y que puedan encontrar cauces de comunicación», afirma María Jesús Fernández, mediadora y directora de Promediación Consultoría y Formación.

Por tanto, la mediación constituye un cauce complementario de resolución de conflictos. «Es una fórmula válida y aceptada en el Estado de Derecho que se ajusta a una nueva concepción de la Justicia, al tiempo que constituye una pieza relevante de la modernización de la Administración de Justicia».

Que suponga modernización es posible, pero si esta vía alternativa se termina imponiendo en nuestro país, según los profesionales «servirá para aliviar bastante el desbordamiento de expedientes y de trabajo que sufren nuestros juzgados, y que hace que los casos tarden lo indecible en lograr una resolución por parte del juez. Todo ello acentúa el daño». Este, entre otros, es uno de los aspectos por los que muchos profesionales del ámbito están convencidos de que la mediación ha llegado para quedarse en nuestro país. «Es una demanda y una necesidad social e institucional, pues sólo hay que ver la situación explosiva en la que se encuentran nuestros juzgados».

Relaciones en que se aplica

El abanico y las posibilidades de aplicación de la mediación son tan amplios como extensos los campos y las situaciones en las que se pueden producir diferencias de opiniones, controversias, disputas, conflictos o enfrentamientos. Por tanto, podemos acudir a la mediación en resolución de conflictos en los ámbitos: familiar, escolar, comunitaria, hipotecaria, laboral, penal, en consumo, ámbito sanitario, concursal, tráfico y un largo etcétera que podemos imaginar.

Beneficios muy notables

La mediación conlleva unas ventajas muy palpables con respecto a si acudimos a un procedimiento judicial. Desde la Asociación Española de Mediación señalan que «con este procedimiento de resolución de conflictos, las partes disponen de una herramienta ágil y económica para llegar a acuerdos. Es un procedimiento confidencial y voluntario que favorece la comunicación, el diálogo y el consenso y que ofrece soluciones personalizadas adaptadas a las necesidades de la partes en conflicto. Las partes se encuentran en una posición de igualdad y previene conflictos futuros».

De lo anterior, merece la pena recalcar el aspecto económico del asunto. La mediación es un proceso mucho más económico que un procedimiento judicial, donde las partes intervinientes satisfacen los honorarios del servicio por mitad, dependiendo de la complejidad y duración de la mediación.

A tenor de lo oído a algunos profesionales, «lo que hace falta en España es una mayor ayuda institucional para dar a conocer esta vía a la mayoría de los ciudadanos para que acudan a ella para resolver sus conflictos».

Ventajas al primer golpe de vista

Rápida: Puede concluirse en pocas sesiones, siempre es más breve que los procesos judiciales.

Mantiene relaciones: No hay ganadores ni perdedores, los acuerdos satisfacen a las partes.

Buena fe: Al ser un proceso voluntario, existe predisposición positiva a trabajar en común para llegar a acuerdos.

Inmediata: Los participantes asisten directamente a las sesiones de mediación

Preventiva: Puede realizarse en conflictos latentes o antes de su agravamiento.

Menor desgaste emocional: Disminuye el enfrentamiento y genera una menor tensión emocional para las partes.