La Mediación es un proceso de resolución de conflictos en el que de forma voluntaria y confidencial, las partes de un litigio solicitan a un tercero, el mediador, su intervención para que, de manera imparcial, les ayude de forma que se alcance un acuerdo que las satisfaga y sea aceptado por ellas.

Así las cosas, no hay un ganador ni un perdedor. Todos ganan y nadie pierde, cumpliéndose el objetivo primordial de la Mediación, que no es otro sino la solución pacífica y positiva de un asunto en litigio.

La aplicación práctica de la Mediación puede afectar a diferentes ámbitos Jurisdiccionales, aunque su desarrollo parece que ha alcanzado las cotas más significativas en lo social, laboral, civil, mercantil y familiar, en los que, hoy por hoy, parece que la máxima de cambiar la concepción negativa de conflicto como enfrentamiento, por la visión positiva del diálogo y acercamiento como norma de convivencia, se cumple. Y se cumple, con un resultado final, el acuerdo satisfactorio para todos alcanzado por ellos mismos, sin imposiciones externas, sin resoluciones ajenas a su propia voluntad. Las partes son los auténticos protagonistas de la solución a sus discrepancias.

¿Ventajas? Claro que las hay, y muchas. Inmediatez y personalización. Son las partes las que, personalmente, asisten a las sesiones de Mediación. Rapidez que permite alcanzar un acuerdo en pocas sesiones, y aparte de otras ventajas, para mí una fundamental, el respeto al principio de buena fe puesto que al tratarse de un procedimiento pleno de voluntariedad, las partes, para involucrarse en el mismo, arrancan con una premisa común, alcanzar de forma pacífica el acuerdo.

Hasta aquí, parece que el camino para la Mediación está despejado. Su regulación normativa, recogida en la Ley 5/2012, y los manuales de procedimiento para la actuación de los Mediadores que son prolijos y con unos magníficos diseños, invitan a su desarrollo. Incluso desde algunos foros profesionales se fomenta su uso y su aplicación a la resolución pacífica de conflictos. Pero, hay un pero fundamental. Una importante carencia que tenemos que trabajarnos personalmente. Me refiero a la «Cultura de la Mediación», tan arraigada en los países anglosajones y tan desaprovechada en los países latinos. Los ciudadanos debemos saber que esa forma, pacífica, de resolución de conflictos existe y está ahí al alcance de todos y lo que es más importante, para utilizarla basta con la voluntad común, con el consenso de las partes dejando a un lado el enfrentamiento. Hay que confiar en una solución alternativa, pero igualmente eficaz que la que pueden ofrecer las diferentes jurisdicciones que todos conocemos, con la consecuencia directa de descargar a nuestros Juzgados de asuntos.

Si se exploran los caminos del diálogo, se estará emprendiendo el camino de la resolución pacífica del conflicto. Y en eso la Mediación es el instrumento jurídico adecuado que, sin duda alguna, facilitará el poder alcanzar ese acuerdo satisfactorio para todos. Como decía al principio, la solución pacífica y positiva del conflicto, en el que nadie gana ni pierde, todos son ganadores.

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