Las visitas guiadas al castillo de La Mola y al Santuario de Santa María Magdalena de Novelda podrían dejar de ser gratuitas a partir del próximo año. Todo dependerá del apoyo que Guanyar Novelda -Podemos- obtenga en el próximo pleno fijado para el martes 8 de noviembre. En la sesión se debatirá la moción presentada por el grupo municipal que encabeza Maje Agües Martínez-Díez para crear una ordenanza fiscal, en el plazo máximo de tres meses, que establezca un precio público destinado a cobrar las visitas turísticas a este emblemático enclave de aquellas personas que no residan en Novelda.

Según indica la portavoz de Guanyar, desde hace muchos años se está prestando un importante servicio a foráneos. «Y no es lógico que esto siga siendo así porque se trata de un servicio de calidad muy demandado por grupos extranjeros y de múltiples localidades de toda España». A su juicio no se puede continuar recortando prestaciones públicas a los noveldenses mientras se siguen ofreciendo a otras a personas que no tributan en la ciudad. «Además cobrar por las visitas, aunque se trate de una pequeña cantidad, es una práctica habitual en muchos monumentos de calidad, y estos fondos podrían revertir en las propias instalaciones patrimoniales para mantenerlas, mejorarlas o rehabilitarlas, así como en el personal que se encarga de estas actividades», ha puntualizado Agües aclarando que la tasa, en caso de ser aprobada por el Ayuntamiento, no afectaría ni a los residentes ni a los nacidos en Novelda.

Por visitar el recinto donde se encuentra la fortaleza medieval de La Mola y el Santuario de la patrona de Novelda nunca se ha cobrado nada. Ni siquiera por las visitas guiadas que el personal municipal efectúa a los turistas. También es público que, además de visitas individuales, hay numerosos grupos que acceden en autobús a la zona, casi a diario, formando parte de rutas que organizan empresas privadas que cobran por ello. Por último, en la moción de Guanyar también se pide mejorar la señalización e interpretación turística de la zona, habilitando para ello partidas específicas en función de la tasa anual de recaudación por este concepto.