El Ayuntamiento de Pinoso ha regulado, por vez primera, la posibilidad de aprobar mercados de organización privada en suelo privado, con la dinamización económica que de ello se deriva, y, además, también se han agrupado, ordenado y actualizado el conjunto de criterios que ha de seguir el Consistorio para la concesión de las autorizaciones.

La petición por parte de un particular para la realización de un mercadillo privado ha motivado el estudio de la situación y posterior creación de esta ordenanza, de acuerdo con el Decreto 65/2012 del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se fija la necesidad de una regulación reglamentaria por parte de los municipios, con la finalidad de dar respuesta a las iniciativas en suelo privado y establecer los requisitos exigibles para autorizar la venta no sedentaria en suelo público.

La concejala de Comercio, Neus Ochoa, ha trabajado durante varios meses en la elaboración de esta normativa y su adaptación a Pinoso y, durante el pleno ordinario en el que se aprobó por unanimidad la Ordenanza de Venta No Sedentaria, expuso el contenido de la misma, detallando las enmiendas incluidas y aprobadas. Tienen que ver con la diferenciación entre horario de invierno y verano; la obligatoriedad de presentar una declaración responsable en caso de mercadillos de objetos personales, indicando que los productos expuestos no han sido adquiridos para su posterior venta; la imposibilidad de coincidencia de los mercados privados con los que se celebran en suelo público; la regulación de la instalación de mercados temáticos que se autoricen con motivo de fechas conmemorativas así como las diferentes infracciones y sanciones que se podrían imponer en caso de incumplimiento y que, en casos muy graves, pueden oscilar entre los 750 y 3.000 euros.